martes 16, junio 2026
ANÚNCIATE
SUSCRÍBETE
HEMEROTECA
No Result
Ver todos los resultados
La Razón
Logo Escape Logo Marcas Logo Animal Político Logo Energías y Negocios
  • Portada
  • Opinión
  • Secciones
    • Economía y Empresa
    • Nacional
    • Mundo
    • Ciudades
    • Sociedad
    • Espacio Empresarial
    • La Revista
  • Nuestros Productos
    • Marcas
    • Energías y Negocios
    • Escape
    • Animal Político
    • Extra
  • La Razón PLUS
  • Contacto
La Razón
  • Portada
  • Opinión
  • Secciones
    • Economía y Empresa
    • Nacional
    • Mundo
    • Ciudades
    • Sociedad
    • Espacio Empresarial
    • La Revista
  • Nuestros Productos
    • Marcas
    • Energías y Negocios
    • Escape
    • Animal Político
    • Extra
  • La Razón PLUS
  • Contacto
No Result
Ver todos los resultados
La Razón
No Result
Ver todos los resultados

Repatriación de capitales, una vía para reforzar las reservas y la liquidez

El Decreto 5503 otorga facilidades tributarias para traer capitales. El objetivo de la norma aprobada por el Gobierno es incentivar la inversión productiva y la reinversión de capitales, ofreciendo incentivos.

capitales

Uno de los objetivos del Decreto 5503 es fortalecer la liquidez de dólares. Foto: Archivo

Compartir en FacebookCompartir en TwitterCompartir en WhatsappCompartir en
Por Erika Ibáñez
La Paz / diciembre 26, 2025
en Economía y Empresa

En varias oportunidades, el presidente Rodrigo Paz reclamó por la fuga de capitales de Bolivia, una de las causas que ocasionó la iliquidez de dólares y generó una desinversión, y crisis económica en el país.

El recién promulgado Decreto Supremo 5503 contempla en su capítulo III el Régimen extraordinario de regularización y repatriación de capitales.

La repatriación de capitales es el proceso de traer de vuelta al país de origen activos financieros (dinero, inversiones) que estaban en el extranjero, a menudo bajo un régimen especial que permite regularizar su situación fiscal con ciertos beneficios.

Según el artículo 18 de la norma, el objetivo es reforzar el ingreso de activos al sistema financiero nacional, lo que ayudará a fortalecer la liquidez interna y las Reservas Internacionales Netas. Además, de incentivar la inversión productiva y la reinversión de capitales, ofreciendo incentivos a la formalidad financiera y la macroeconomía financiera.

Según el decreto, la medida tiene carácter excepcional en el marco de la emergencia económica declarada. Y aclara que no constituye condonación general de delitos, sino un mecanismo de regularización patrimonial con fines económicos y financieros.

Dólares

El vicepresidente de la Federación de Empresarios Privados de Tarija y presidente de la Asociación Nacional de Industriales Vitivinícolas, Fernando Galarza, resaltó en La Razón las medidas del Decreto 5503 y particularmente la repatriación de capitales.

El empresario aseguró que las medidas propuestas en la norma eran necesarias para el país debido a una “crisis heredada”. “La escasez de dólares ha afectado muchísimo al sector empresarial y productivo y con la falta de combustibles hemos tenido un periodo de recesión duro para la producción y el empleo”, afirmó.

Galarza destacó que “volver a traer el dinero al país es importante” y aseguró que se trata de un primer paso y habrá que ver en la práctica cómo se reglamenta y se ejecuta. “Se necesita traer capitales, traer dólares, porque de otra manera se nos complica mucho el tema productivo y empresarial”.

Seguridad jurídica

Afirmó que los empresarios siempre han estado dispuestos a dejar capital en el país; sin embargo, requerían seguridad jurídica.

“Queremos seguridad de que realmente esos capitales traigamos van a poder ser reinvertidos y realmente van a aportar a la economía. Hemos visto tantas medidas anteriores en contra del empresario, del productor, del emprendedor que hacía que cualquiera tenga incertidumbre y miedo de traer sus capitales o recursos al país”, explicó.

El ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Espinoza, dijo que la repatriación de capitales se realizará con cero impuestos. La norma detalla que no se cobrará impuestos cuando las divisas permanezcan al menos 24 meses continuos en el sistema financiero nacional y cuando los recursos regularizados se destinen a inversiones productivas.

“Lanzamos la repatriación de capitales con cero impuestos para que los que tienen capitales que tuvieron que sacar del país, hoy día puedan traerlos legalmente al Bolivia y puedan dinamizar a Bolivia”, señaló la autoridad.

Según el decreto, cobrarán el 5% de impuesto solo cuando los recursos sean retirados, transferidos antes del plazo de 24 meses.

Empresarios dispuestos

Fernando Galarza, vicepresidente de los empresarios tarijeños, aseguró que, si hay las condiciones y la seguridad jurídica, está convencido de que los capitales van a retornar a Bolivia.

“Tenemos que estar seguros que los recursos serán correctamente utilizados, que no habrá políticas públicas que frenen las inversiones o adopten medidas en contras de la empresa, de la producción”, afirmó el empresario.

En criterio del economista Fernando Romero, es una medida positiva y que ayudará a reforzar las reservas, pero alerta que deja una puerta entreabierta para que se puedan cometer delitos como el lavado de dinero.

“Está bien, ése es el camino, pero creo que la norma hay que perfeccionarla para que no beneficie a unos cuantos y no se caiga en la ilegalidad. No hay muchas condiciones o requerimientos que te piden o son condiciones muy favorables sobre todo para capitales e inversiones extranjeras”.

Remarcó que el camino para estabilizar la economía es fortalecer las Reservas Internacionales Netas (RIN) y la repatriación de divisas es importante.

El decreto detalla que la repatriación de capitales no alcanza a activos provenientes de delitos de narcotráfico, terrorismo o financiamiento al terrorismo. Además, de recursos de trata y tráfico de personas, corrupción pública activa o pasiva con sentencia ejecutoriada y legitimación de ganancias ilícitas con proceso penal.

El economista cruceño Teófilo Caballero dijo hace unos días en Unitel que la repatriación de capitales dependerá muchos de la confianza que pueda dar el Gobierno, que genere credibilidad con trasparencia. “Un gobierno que se manaje con austeridad, que reduzca el gasto público y que informe generará confianza y se puede generar la repatriación de capitales”.

Principales artículos capítulo III: regularización y repatriación de capitales

Artículo 19
I. Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, podrán declarar voluntariamente activos, bienes, divisas, derechos y recursos económicos no registrados o no declarados ante las autoridades competentes, tanto en el territorio nacional como en el exterior. II. La regularización efectuada conforme al presente Capítulo no dará lugar a persecución administrativa, civil ni penal previa, exclusivamente respecto de infracciones vinculadas a la falta de declaración, registro o formalización de dichos activos. III. La protección prevista en el Parágrafo II no alcanza a activos provenientes de: a) Delitos de narcotráfico, terrorismo o financiamiento al terrorismo; b) Trata y tráfico de personas; c) Corrupción pública con sentencia ejecutoriada; d) Legitimación de ganancias ilícitas con proceso penal concluido.

Artículo 20

I. Los activos regularizados conforme al presente Régimen serán considerados lícitos a todos los efectos administrativos, tributarios y financieros, desde el momento de su declaración válida. II. La regularización producirá efectos liberatorios respecto de: a) Infracciones administrativas por omisión de registro o declaración; b) Obligaciones tributarias accesorias vinculadas exclusivamente a la no declaración; c) Sanciones formales derivadas del incumplimiento de deberes informativos. III. La regularización no implica reconocimiento de hechos ilícitos.

Artículo 21

Los activos o divisas regularizados bajo el presente Régimen estarán sujetos al siguiente tratamiento tributario excepcional: a) Alícuota del cero por ciento (0%) del impuesto correspondiente, cuando las divisas permanezcan al menos 24 meses continuos en el sistema financiero nacional; b) Alícuota del cero por ciento (0%), cuando los recursos regularizados se destinen directa y efectivamente a inversiones productivas, conforme a definición reglamentaria; c) Alícuota del cinco por ciento (5%), aplicable únicamente cuando los recursos sean retirados, transferidos al exterior o desafectados del sistema financiero antes del plazo de 24 meses.

en tendencia: capitalesDecreto 5503noticiasrepatriación

Noticias Relacionadas

Paz
Economía y Empresa

Bloqueos: CNC pide investigación por daños y vulneración de derechos

mayo 31, 2026
mujeres
Economía y Empresa

Senasir inicia desembolsos de rentas en junio bajo tres modalidades

mayo 31, 2026
Gobierno apunta a elevar consumo per cápita de leche de 69 a 100 litros
Economía y Empresa

Fedeple reporta señales de recuperación en sector lechero tras acuerdo con industria

mayo 31, 2026
facturas
Economía y Empresa

Contribuyentes tendrán 120 días para regularizar deudas y nuevo esquema de facturación

mayo 31, 2026
Bolivia impulsa digitalización aduanera en reunión del Mercosur
Economía y Empresa

Bolivia impulsa digitalización aduanera en reunión del Mercosur

mayo 31, 2026
Concluye octava versión de Finergy con debate en innovación energética
Economía y Empresa

Concluye octava versión de Finergy con debate en innovación energética

mayo 31, 2026

Noticias más vistas

Plugin Install : El widget de publicación popular necesita JNews - View Counter para instalarse

La Razón, medio de comunicación digital líder en noticias de Bolivia y el mundo, conecta a su audiencia a través de todas las plataformas digitales. Con una sólida presencia en redes sociales, programas de streaming innovadores, y el revolucionario e-paper, nuestro periódico digital inteligente, ofrecemos información confiable, ágil y al alcance de todos.

Síguenos en redes sociales:

Facebook
Twitter
Youtube
Instagram
TikTok
LinkedIn
Twitch
Threads
Whatsapp

Dirección: Colinas de Santa Rita s/n,
Alto Auquisamaña (Galpón de La Razón)
La Paz - Bolivia

Correo electrónico:
[email protected]

WhatsApp:
+591 71560184

© 2021-2025 COMUNICACIONES EL PAÍS S.A (Desarrollo web Arcadia SRL)

No Result
Ver todos los resultados
  • Opinión
  • Secciones
    • Economía y Empresa
    • Nacional
    • Mundo
    • Ciudades
    • Sociedad
    • Espacio Empresarial
    • La Revista
  • Suplementos
    • MARCAS
    • Energías y Negocios
    • Escape
    • Animal Político
    • Extra
  • La Razón PLUS
  • Contacto