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ATT aprueba reglamento para internet satelital de órbita baja

La norma viabiliza licencias experimentales y reglamenta el Decreto 5509 que abre el mercado a firmas globales.

ATT aprueba reglamento para internet satelital de órbita baja

Un satélite de orbita baja. Foto: Astrobitácora.

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Por Daniel Zenteno
La Paz / enero 22, 2026
en Economía y Empresa

La Autoridad de Regulación y Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes (ATT) aprobó el Reglamento para el Otorgamiento de Licencias de Uso de Frecuencia Experimental para redes satelitales de órbita baja, con el objetivo de establecer las condiciones técnicas, legales y económicas que permitan la operación controlada de este tipo de servicios en el país.

La resolución fue emitida este jueves por el director ejecutivo de la ATT, Carlos Agreda, en el marco de sus atribuciones legales y define los requisitos y procedimientos que deberán cumplir personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, interesadas en implementar servicios satelitales de carácter experimental.

ATT

Entre las disposiciones se establece que toda la documentación presentada tendrá carácter de declaración jurada, que se deben garantizar los derechos de los usuarios, la protección de datos personales y la inviolabilidad de las comunicaciones, aun tratándose de servicios experimentales.

Esta decisión reglamenta el Decreto Supremo 5509, promulgado el pasado 23 de diciembre por el presidente Rodrigo Paz Pereira, que habilita el ingreso y la operación en Bolivia de sistemas de internet satelital de órbita baja. En esa oportunidad, el mandatario destacó que la norma abre las puertas a empresas transnacionales como Starlink de SpaceX, OneWeb y Kuiper de Amazon, con el objetivo de reducir la brecha tecnológica y garantizar conectividad real y permanente en todo el territorio nacional.

El reglamento aprobado por la ATT detalla la documentación legal y técnica que deben presentar los solicitantes, como la descripción de la red satelital, parámetros orbitales, bandas de frecuencia solicitadas, velocidades de transmisión y la coordinación internacional ante la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), con el fin de evitar interferencias perjudiciales.

Reglamento

Asimismo, se establece la obligación de cancelar derechos de asignación y uso de frecuencia, tasas de fiscalización y aportes al Programa Nacional de Telecomunicaciones de Inclusión Social (Prontis), cuando corresponda.

El procedimiento contempla plazos definidos para la evaluación de solicitudes, subsanación de observaciones y emisión de la licencia experimental, lo que busca dar previsibilidad y transparencia al proceso. La ATT también instruyó a sus direcciones técnicas la supervisión y fiscalización del cumplimiento de la resolución, además de su publicación en un medio de circulación nacional.

Con esta reglamentación, el Estado avanza en la implementación práctica del marco legal que permitirá la expansión del internet satelital de órbita baja, una tecnología clave para llevar conectividad a zonas rurales y de difícil acceso, fortalecer la educación a distancia, la salud digital, la producción y las comunicaciones estratégicas en situaciones de emergencia.

en tendencia: ATTDecreto 5509órbitaSatelitesatelites

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