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Aduana aclara dudas para la regularización de vehículos chutos

Programa. Los dueños tienen hasta el 1 de julio para registrar su motorizado

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Por La Razón
/ junio 17, 2011
en Economía

Estas interrogantes fueron tomadas de las llamadas a la línea gratuita 800 10 5001 y las consultas en las administraciones aduaneras.

— ¿Qué puedo hacer si en mi declaración jurada de registro de vehículos, consigné  el número de chasis y/o número de documento de identificación equivocado?

R. Usted puede volver a registrar un nuevo formulario con el chasis y/o número de documento de identificación correcto.

— ¿Qué puedo hacer si en mi declaración jurada de registro de vehículos consigné  datos equivocados?

R. La declaración jurada no es modificable, sin embargo, el error podrá ser subsanado en el momento de la nacionalización del vehículo.

— Una vez llenado el formulario de registro del vehículo, ¿puedo circular libremente en el territorio nacional?

R. No, el vehículo aún se encuentra como indocumentado, sin embargo, una vez publicado el cronograma de nacionalización, únicamente para efectos del despacho aduanero, podrá llevar al vehículo al lugar señalado en el cronograma a ser publicado por la Aduana Nacional.

— ¿Quién debe nacionalizar el vehículo?

R. El propietario o poseedor consignado en el formulario de registro del vehículo, o un apoderado debidamente acreditado.

— ¿El número de chasis que se va a registrar puede llevar guiones o caracteres especiales o puede ir incompleto?

R. No, el número de chasis debe ser consignado en el formulario con la información completa sin guiones ni ningún otro carácter especial.

— ¿Es necesario que los propietarios o poseedores se empadronen como importadores ante la Aduana?

R. No es necesario.

— ¿Cuántos vehículos pueden registrarse por persona?

R. No existe ninguna restricción en la cantidad de vehículos.

— ¿Tiene algún costo el registro del vehículo indocumentado?

R. El registro del vehículo es totalmente gratuito.

— ¿Los vehículos que se encuentren en depósitos aduaneros o en zonas francas, pueden acogerse al programa de saneamiento?

R. Sí pueden acogerse al programa de nacionalización

— Una vez impresa la declaración jurada, ¿qué debo hacer?

R.  Debe esperar a la publicación del cronograma que establecerá el lugar y el día para realizar la nacionalización de su vehículo.

— ¿Las motocicletas están contempladas en este Programa de Saneamiento?

R. Sí.

— ¿Puedo pagar a plazos los tributos aduaneros y la multa que se origine del Programa de Saneamiento?

R. Sí, previa solicitud.

en tendencia: Aduana

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