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El SIN anuncia procesos en contra de magistrados que declararon ilegal parte de la Ley Financial

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erik Ariñez, explicó que el fallo del TCP también declaró inconstitucional la disposición sexta de la Ley 317, que sancionaba con hasta seis años de prisión la emisión de facturas sin el hecho generador, es decir, ‘falsedad ideológica’.

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Por Abi  
La Paz / enero 21, 2014
en Economía

El presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erik Ariñez, anunció hoy que esa entidad recaudadora iniciará procesos penales en contra de los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que declararon ilegal la disposición quinta de la Ley 317 del Presupuesto General del Estado (PGE) 2013, en la que se autorizaba la clausura definitiva de negocios que reincidieron en la no emisión de facturas por quinta oportunidad.

En conferencia de prensa, Ariñez explicó que el fallo del TCP también declaró inconstitucional la disposición sexta de la Ley 317, que sancionaba con hasta seis años de prisión la emisión de facturas sin el hecho generador, es decir, ‘falsedad ideológica’.

‘Nosotros estamos pensando de manera muy seria iniciar procesos penales contra este tipo de magistrados, lo vamos a hacer, porque no se puede atentar contra los derechos de todos los bolivianos’, indicó.

Según el Presidente del SIN, los procesos irían en contra de los magistrados Efrén Choque, Mirtha Camacho, Rosario Chanez y Ligia Velázquez.

Aclaró que aunque en el falló intervinieron seis magistrados del TCP, dos fueron disidentes al votar en contra de su aprobación: Rudy Flores y Virginia Andrade.

En ese contexto, Ariñez calificó el fallo del TCP como ‘contradictorio’, porque dificultará el trabajo del SIN, cuando realice controles orientados a que los comerciantes cumplan con sus obligaciones tributarias.

En 2013, el SIN sólo clausuró de manera definitiva 10 negocios, declaró el Presidente del SIN.

No obstante, Ariñez advirtió que los negocios del Régimen General que no emitan factura por sus ventas, seguirán sujetos a clausuras temporales y progresivas.

Ante la primera infracción  -dijo- el contribuyente será sancionado con 6 días de clausura, 12 días por la segunda, 24 días por la tercera y 48 días por la cuarta vez.

en tendencia: declararonfinancialLeyMagistradosProcesos

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