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Adjudicación de bienes no será directa

Las instituciones estatales deberán pagar la deuda de bienes en remate

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Por J. P.
/ enero 22, 2014
en Economía

Las entidades públicas que deseen adjudicarse de forma directa bienes inmuebles embargados por el fisco y que están listos para el remate deberán pagar la deuda tributaria por la cual el SIN procedió a su anotación de forma preventiva en Derechos Reales.  Así lo explicó en conferencia de prensa el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erik Ariñez. “Esta entidad del sector público tiene que pagar, para nosotros es recaudación, le decimos (al contribuyente) señor usted me debe $us 10 millones, y ese monto  tengo que ‘empozar’ (sic) al TGN (Tesoro General de la Nación)”.

Hay aproximadamente 2.914 bienes inmuebles embargados, entre inmuebles y vehículos en el ámbito nacional. Estos casos en su mayoría se centran en el eje troncal. Por la deuda tributaria de los mismos, el SIN pretende recuperar un monto mayor a los “Bs 3 millones”.

Para llegar al remate se debe pasar por una serie de procedimientos. El principal es tener un fallo ejecutoriado, que una vez emitido, el contribuyente ya no puede hacer nada para recuperar el bien, “no puede seguir peleando para demostrar que no debe al fisco”. “Le comprobamos que debe y ése es un fallo ejecutoriado”, dijo.

Añadió que como no había una norma que establezca el procedimiento para el remate, el  8 de enero de 2014 se emitió el Decreto Supremo 1859 para este fin, que permitirá a Impuestos recuperar deudas y tener más ingresos.

en tendencia: bienesDirecta

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