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Planillas de segundo aguinaldo deben presentarse hasta el 31

El artículo 46 del capítulo III de la Ley General de Trabajo indica que la jornada efectiva no excederá de ocho horas por día y de 48 por semana. La jornada para mujeres y menores de 18 años excederá de 40 horas semanales diurnos.

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Por Gabriela Imaña
La Paz / marzo 4, 2014
en Economía

Hasta el 31 de marzo, los contratantes o empleadores de las empresas y microempresas deberán presentar las planillas de pago del segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” de la gestión 2013, informó ayer el director general de Trabajo, Roberto Pardo.

Explicó que hasta el mediodía de este miércoles se tendrá un informe parcial, pero más completo sobre el cumplimiento de este beneficio, y que “la presentación de las planillas se deberá hacer hasta el 31 de marzo. Ahí se tendrá un dato oficial de cuántas empresas pagaron el doble aguinaldo”.

El funcionario manifestó que los reportes preliminares serán registrados hasta mañana al mediodía y oficializados a finales de mes.

El último dato publicado por el Ministerio de Trabajo señala que el 30,75% de las 23.500 empresas privadas registradas ya cumplieron la norma, informó Pardo. El beneficio debía ser cancelado hasta el 28 de febrero, tras un acuerdo establecido entre el Gobierno y la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB).

Sanción. Pardo enfatizó en que los empresarios que no cumplieron con el pago de este beneficio hasta el 28 de febrero serán sancionados con una multa pecuniaria y deberán cancelar dos aguinaldos, según la disposición del Decreto Supremo 1802 que creó el segundo aguinaldo.

“Las empresas del sector privado están en la obligación de entregar el segundo aguinaldo a todos los trabajadores dependientes de sus empresas porque de lo contrario sería un incumplimiento a una ley social. Las sanciones serán pecuniarias y se establecerá en el Órgano Judicial a través de una demanda de infracción a leyes sociales; y como ya se dijo, en caso de que el empleador hubiera incumplido, al trabajador se le cancelará el doble», indicó.

El decreto del doble aguinaldo tiene como fundamento esencial, el crecimiento de la economía boliviana en 4,5% para que se haga efectivo el pago de este beneficio económico, tanto a trabajadores del sector público como privado.

El 28 de enero, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Luis Arce Catacora, aseguró para este 2014 un segundo aguinaldo para los trabajadores del país al dar una proyección de  5,7% de crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) para esta gestión, ratificando el acuerdo fiscal con el Banco Central de Bolivia (BCB).

“Buenas cuentas (…) para nuestros trabajadores va a significar que la gestión 2014, de cumplirse los pronósticos del Gobierno nacional tendrán, pues, por segundo año consecutivo su segundo aguinaldo”, sostuvo.

En 2013, Bolivia cerró con un crecimiento del PIB del 6,5% cifra récord de los últimos años, por lo que se posesionó en el tercer lugar en crecimiento entre los países de la región.

La reglamentación para el doble aguinaldo excluye a nueve cargos jerárquicos, según la Resolución Ministerial 774/13 emitida el 12 de diciembre de 2013 por el Ministerio de Trabajo.

El artículo 2, en su punto II, señala que el pago corresponde a trabajadores con contrato, verbal o escrito, vigente a la publicación del Decreto 1802.

Además, tendrán derecho al pago de duodécimas del segundo aguinaldo, los empleados que hubiesen trabajado un mínimo de tres meses ininterrumpidamente, incluyendo las incorporaciones realizadas al 1 de octubre.

Asimismo, la norma dispone que las trabajadoras del hogar que cumplan la media jornada laboral también podrán acceder a este beneficio.
jornada efectiva de trabajo

Ley

El artículo 46 del capítulo III de la Ley General de Trabajo indica que la jornada efectiva no excederá de ocho horas por día y de 48 por semana. La jornada para mujeres y menores de 18 años excederá de 40 horas semanales diurnos.

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