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Ley obliga a los vendedores de autos dar garantía

Usuarios. Abarca a coches nuevos o usados, incluso electrodomésticos

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Por Carlos Corz
La Paz / octubre 2, 2014
en Economía

Los vendedores de autos 0 kilómetros o usados están obligados a otorgar garantías, dispone el reglamento de la Ley de Derechos de los Usuarios y Consumidores, que dicta que todo contrato de compraventa debe estar libre de “cláusulas abusivas”.

Esta medida incluye a los comercializadores de productos nuevos como electrodomésticos, artefactos eléctricos y mecánicos. La norma, aprobada el 24 de septiembre, reglamenta la Ley 453 General de Derechos de las Usuarias y los Usuarios, las Consumidoras y los Consumidores que, precisamente, tiene el objetivo de regular los derechos y garantías en esta materia.

El Ministerio de Justicia es la instancia rectora y responsable de definir y encarar las políticas respectivas. El artículo 22 del reglamento prevé la obligatoriedad de los proveedores de vehículos nuevos de otorgar una garantía, por defectos de fábrica, mínima de tres años o por 100.000 kilómetros. Los comercializadores de motorizados usados, modificados, reconstruidos o con algún defecto tienen la obligación de dar una garantía de funcionamiento mínima de tres meses.

“Cualquier daño o pérdida, del producto entregado por la usuaria o usuario, consumidora o consumidor, para su reparación, durante la vigencia de la garantía, es de única y exclusiva responsabilidad de la proveedora o el proveedor, estando obligada (o) a resarcir el daño o pérdida del producto”, indica el parágrafo primero del artículo 23.

Los ministerios de Justicia, de Desarrollo Productivo y Economía Plural, de Desarrollo Rural y Tierras, de Salud, de Educación y de Culturas y Turismo aplicarán las sanciones administrativas en el ámbito de su competencia.

Según el reglamento, ningún contrato debe contener una “cláusula abusiva”, como condicionar la compra, venta, comercialización o disposición de determinados productos o servicios a la aceptación de obligaciones adicionales; enviar un producto o servicio no solicitado; aprovecharse dolosamente de la edad o algún grado de discapacidad; aplicar ajustes (en precios) y ofrecer productos que no cumplan normas de calidad.

Alimentos. Los productos nuevos, como electrodomésticos, artefactos electrónicos, eléctricos y mecánicos, igual deben contar con garantía de fábrica. El vendedor final se hará cargo de la reparación, cambio o devolución del costo en caso de que en 30 días hábiles no sea resuelto el problema y activado la garantía.

En el caso de alimentos, las autoridades del sector deberán ejecutar acciones de control periódico al suministro que realizan los proveedores, verificando la calidad, inocuidad, peso exacto y otras “condiciones que hacen una alimentación saludable”.

en tendencia: AutosLeyMedidaobligavendedores

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