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El Gobierno define control mensual de ejecución presupuestaria pública y advierte con ‘inmovilización de recursos’

La administración del presidente Evo Morales dispuso que las entidades del sector público y de los gobiernos subnacionales envíen al Gobierno información mensual sobre su flujo de caja. Quienes no remitan los datos serán sancionados con la inmovilización de sus recursos

 

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Por Carlos Corz
La Paz / enero 15, 2015
en Economía

El Gobierno contralará cada mes el nivel de ejecución presupuestaria de las entidades del sector público y de los gobiernos subnacionales y determinó sancionar con la “inmovilizar los recursos” económicos a las instancias que no cumplan la disposición. La habilitación de los dineros correrá una vez sea presentada la información requerida.

El decreto 2242 del 7 de enero, que reglamenta la aplicación de la Ley Nº 614, de 13 de diciembre de 2014, del Presupuesto General del Estado 2015, establece la fiscalización en línea del nivel de ejecución presupuestaria mensual “de las entidades del sector público y entidades territoriales autónomas”.

“La información de ejecución del Flujo de Caja mensual se presentará de forma detallada, por ingresos, egresos y financiamiento tanto en medio físico como digital hasta el 10 del mes siguientes a su ejecución”, refiere el parágrafo II del artículo 20 de la norma que, añade, los datos deben ser registrados en el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo.

Las entidades que operen bajo el Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA) o en el Sistema de Gestión Pública (SIGEP) deberán presentar información en línea y las que no usan esos sistemas tendrán que hacerlo utilizando la versión SIGEP Móvil para entregar información presupuestaria mensual y conciliaciones bancarias de sus cuentas corrientes fiscales.

De enero a octubre de 2014, la inversión pública alcanzó una ejecución del 57,8% de lo presupuestado. Las alcaldías registraron la menor ejecución a nivel de los gobiernos subnacionales al llegar solo al 47,6%, de acuerdo a la información proporcionada en noviembre por el economista Jimmy Osorio, quien hizo su análisis con base en la información del Sistema Integrado de Gestión y Modernización Administrativa (SIGMA) del Ministerio de Economía.

La norma fija sanciones para quienes incumplan con la disposición. “En caso de incumplimiento en la presentación de información dispuesta…el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas inmovilizará los recursos de las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de las entidades del sector público a través del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público”, prevé el parágrafo I del artículo 22 del decreto 2242.

La sanción a los municipios será gradual, ya que en una primera etapa se inmovilizará Recursos Específicos y de Coparticipación Tributaria de manera inmediata; mientras que en una segunda, a los 30 días, los recursos del IDH y Diálogo 2000, y en una tercera etapa, a 60 días, serán inmovilizados todos los ingresos, incluyendo los provenientes de donación, crédito y contraparte nacional.

Para el resto del sector público se congelará “los recursos de todas las cuentas corrientes fiscales y/o libretas de la entidad”. “Para la habilitación de las cuentas fiscales y/o libretas, las entidades afectadas deberán presentar la información que originó la sanción y la no remitida hasta la fecha de habilitación”, sostiene el inciso b) del parágrafo I del artículo 21.

en tendencia: EjecucionGobiernoinmovilizacionpresupuestariarecursos

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