El Ministerio de Trabajo emitió el instructivo que, como todos los años, fija el 20 de diciembre como fecha tope para el pago del aguinaldo e Navidad en el sector público y privado, bajo advertencia de que el incumplimiento implicará un pago doble, además de una multa.
El instructivo Nº 81/18 dispone además que todo empleador del sector privado, independientemente de la obligación que tiene de otorgar la boleta de pago a cada trabajador, deberá presentar ante esa cartera de Estado un ejemplar de las planillas de pago del bono de Navidad hasta el lunes 31 de diciembre.
La directora general de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Shirley Pérez, explicó en conferencia de prensa que las personas que presten sus servicios bajo condiciones de subordinación y dependencia tienen derecho a acceder al aguinaldo, con la condicionante de contar con al menos tres meses de trabajo continuos.
En el caso de los obreros que hubieran trabajado un mes calendario durante este año, ya sea mediante contrato fijo, indefinido o cualquier otra modalidad legalmente reconocida, la base de cálculo se hará en virtud a la remuneración correspondiente a ese mes, agregó.
El anuncio de la ratificación de la fecha del pago del aguinaldo de Navidad se conoce en momentos en que el Gobierno y los empresarios negociar la forma de pago del segundo aguinaldo denominado “Esfuerzo por Bolivia”, que se cancela en el país todos los años en que la economía registre un crecimiento superior al 4,5%.
