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Tras observaciones al crédito del FMI en el Legislativo, el Gobierno decidió su uso por decreto

El decreto 4277 dispone la transferencia del crédito de $us 327 millones al Ministerio de Economía para “cubrir necesidades fiscales y de balanza de pagos”. Pese a que no lo aprobó el Legislativo, el decreto refiere que se cumplió con el trámite

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Por Carlos Corz
La Paz / junio 26, 2020
en Economía

Ante las observaciones del MAS en el Legislativo, el gobierno de Jeanine Áñez decidió por decreto la utilización del crédito de $us 327 millones proveniente del Fondo Monetario Internacional (FMI) para “cubrir las urgentes necesidades fiscales y de balanza de pagos, asociadas con el aumento del gasto en salud y el deterioro de los términos de intercambio, producto del brote del COVID-19.

“El presente Decreto Supremo tiene por objeto disponer la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada bajo el Instrumento de Financiamiento Rápido – IFR del Fondo Monetario Internacional – FMI, al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como apoyo presupuestario para el Tesoro General de la Nación – TGN”, refiere el artículo 1 del decreto 4277 aprobado este viernes.

La Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados rechazó el 20 de junio el proyecto de ley que aprueba el crédito externo del FMI por falta de documentación de respaldo, aunque el viceministro del Tesoro y Crédito Público, Carlos Schlink, reveló en ese sesión que los recursos del FMI ya están siendo utilizados en varios ítems para cubrir “el hueco financiero” ocasionado por la pandemia del Coronavirus.

MAS al Gobierno: Sin contrato, el crédito del FMI no será aprobado por la Asamblea

Según el decreto firmado por Áñez y su gabinete se cumplió con la “formalidad establecida en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado” que hace a la atribución del Legislativo de “Aprobar la contratación de empréstitos que comprometan las rentas generales del Estado y autorizar a las universidades la contratación de empréstitos”,

El artículo 2 del decreto establece: “Cumplida la formalidad establecida en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se dispone la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada bajo el IFR del FMI, por DEG240.100.000 (DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES CIEN MIL 00/100 DERECHOS ESPECIALES DE GIRO) al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, como apoyo presupuestario para el TGN, destinados para cubrir las urgentes necesidades fiscales y de balanza de pagos, asociadas con el aumento del gasto en salud y el deterioro de los términos de intercambio, producto del brote del Coronavirus (COVID-19)”.

Esos fondos suman $us 327 millones y, de acuerdo a uno de los considerandos de la norma, se hace “necesario disponer la transferencia de los recursos de la asistencia otorgada por el FMI, bajo el IFR, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas como apoyo presupuestario para el Tesoro General de la Nación – TGN”.

«El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, mediante Resolución Ministerial, aprobará las condiciones para la utilización de los recursos de la asistencia otorgada bajo el IFR del FMI», establece el parágrafo II del artículo 2.

 El asambleísta del Movimiento al Socialismo (MAS) y vicepresidente de la Cámara de Senadores, Omar Aguilar, requirió el 20 de junio del Gobierno el contrato del crédito de $us 327 millones, porque solo con esto se podrá considerar la aprobación del proyecto de ley que lo viabilizará.

“Le decimos de la manera más clara y sincera al Ejecutivo: mientras no presenten su documentación (del crédito del FMI), la Asamblea Legislativa Plurinacional no puede aprobar por responsabilidad y cumplimiento del (artículo) 322 de la Constitución”, advirtió el asambleísta en esa oportunidad.

De acuerdo a las normas vigentes, los créditos requieren ser aprobados por ley.

(26/06/2020)

en tendencia: BoliviaGobierno-FMI-crédito

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