Los transportistas de carga internacional boliviana se declararon en emergencia debido a la modificación del Reglamento Nacional de Vehículos de Perú que prohíbe a camiones de carga internacional modificar sus tanques de combustible.
El ejecutivo del Sindicato de Choferes Asalariados de Transporte Nacional e Internacional (Schatin), Pedro Quispe, señaló que su sector se declaró en estado de emergencia y denunció que el Gobierno peruano modificó su reglamento de vehículos, en lo que respecta al tanque de combustible de los camiones.
“Han sacado normativas y comunicados, el Ministerio de Transporte de Perú, que nosotros ya no podríamos ingresar con nuestro diésel a diferentes puertos. Eso indican ellos, incluso un compañero transportista en Arequipa se ha pronunciado que deberíamos ingresar (a ese país) con 100 litros”, dijo.
Lamentó la medida asumida por Perú, debido a que su sector no podría abastecerse de combustible en el vecino país, esto en relación con los costos elevados que significaría para su sector.
Según Quispe, el precio del galón de diésel en el vecino país tiene un costo de 18 soles peruanos, equivalente a Bs 32. En tanto, en el país, el combustible que es subvencionado tiene un costo de Bs 3,72 el litro de gasolina y de Bs 3,74 el de diésel.
“Estamos en estado de emergencia. (Esto) tienen que ver la Cancillería y el Viceministerio de Transporte y tomar cartas en el asunto por los problemas que se están viniendo con Perú”.
Acotó que esa modificación de la reglamentación de Perú pretende “hacerles un puerto seco” y “restringirles el diésel”.
DIÉSEL.
“No lo vamos a permitir, vamos a seguir entrando con nuestro diésel a Matarani, Lima y Arequipa con lo que nos abastecemos en Bolivia”, dijo.
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El Gobierno peruano, mediante su Ministerio de Transportes, el 12 de abril, emitió una resolución ministerial que modifica el Reglamento Nacional de Vehículos en lo que respecta al tanque de combustible de camiones.
De acuerdo con el PortalPortuario, anteriormente, los vehículos de la categoría N3 (camiones) autorizados para prestar el servicio de transporte terrestre internacional de mercancías estaban exceptuados de la prohibición de modificar el tanque que venía de fábrica o la instalación de un tanque adicional.
Con la actual normativa, tienen un plazo de adecuación para el cumplimiento de esta modificación no mayor de 60 días. En ese lapso, los vehículos que cuenten con tanques modificados, alterados o adicionados en su diseño original de fábrica y estén autorizados para prestar el servicio de transporte internacional deberán tener sus tanques restablecidos a la configuración original.

