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Aportes del derecho neoliberal

El Decreto Supremo 21060 tuvo como objetivo central establecer las normas y las reglas para instalar la economía de libre mercado en Bolivia ante un país de economía estatista con una crisis estructural.

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/ agosto 12, 2015
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Entre las causas para la implementación de la legislación y el derecho neoliberales podemos mencionar causas internas y causas externas. Las crisis económicas en general promueven cambios en el Estado y en el derecho.

Desde aproximadamente 1970 muchas de las economías estatistas del mundo se fueron transformando en economías de libre mercado promovidas por el liberalismo económico, político y jurídico de las grandes transnacionales y de muchas instituciones mundiales.

En Estados Unidos, el Banco Mundial, bm, el Fondo Monetario Internacional fmi y el Tesoro de los Estados Unidos decidieron aplicar en todo el mundo modelos económicos, políticos y jurídicos neoliberales, para resolver la crisis económica del mundo. Este acuerdo político realizado en el exterior se denominó el “Consenso de Washintong”

En nuestro país el modelo de economía con fuerte intervención del estado de 1952 había entrado en una profunda crisis. Muchas de las empresas del Estado no cubrían el pago de sus costos y de sus planillas de empleados por causa de la baja de los precios de las materias primas como comibol y ypfb, y por el envejecimiento de sus equipos y maquinarias.

Estas pérdidas fueron pagadas por el Tesoro General de la Nación (tgn), y hubo un momento en que el estado tuvo que emplear dinero sin respaldo productivo ocasionando la hiperinflación monetaria que castigó más a los sectores de bajos salarios.

El gobierno de la Unidad Democrática y Popular (udp), no pudo resolver esta crisis económica y la crisis social y del Estado.

En este contexto fue el Movimiento Nacionalista Revolucionario mnr dirigido por Víctor Paz Estensoro quién creó muchas de las empresas del Estado del 51, quien tuvo que cerrarlas o privatizarlas y aplicar el modelo neoliberal del derecho, que consiste en dejar que las fuerzas privadas del mercado resuelvan los problemas económicos y sociales.

O sea, ante el fracaso del modelo estatal y jurídico estatista manejado por tres décadas por los nacionalistas, fueron estos mismos políticos los que tuvieron que aplicar la receta contraria que es el neoliberalismo, que da plena vigencia a las transnacionales y a los intereses privados. Muchas de las normas sancionadas por el neoliberalismo están todavía vigentes porque el nuevo tipo de Estado y de Derecho, aún no está completamente definidos.

Ante la grave crisis económica de las empresas estatales, de la hiperinflación y del déficit fiscal del Estado, los emenerristas, a la cabeza de Víctor Paz Estensoro, utilizaron la receta del neoliberalismo jurídico para resolver la crisis.

En este contexto se sancionaron varias normas de contenido neoliberal entre las que podemos mencionar el Decreto Supremo 21060 de 29/08/1985.

Las reformas constitucionales del neoliberalismo

En Bolivia, que tiene una composición eminentemente plurinacional, los viejos colonialismos intentaron en vano borrar del contexto político a las naciones originarias. Todos los modelos estatales y jurídicos anteriores establecieron un Estado mononacional y monojurídico que impusieron a las naciones originarias los miembros de la nación hispano boliviana.

El estado unitario y el derecho hispano occidental escrito eran las únicas realidades que se reconocían en las normas del estado colonial.

Las naciones originarias de Bolivia fueron recobrando fuerza y presencia desde los actos de recordación del quinto centenario de la colonización española el 12 de octubre de 1992.

En este contexto, los partidos de entonces dominantemente tradicionales realizaron las reformas a la Constitución Política del Estado (cpe) de 1967, mediante la Ley de 12 de Agosto de1994.

Todas las constituciones anteriores establecieron implícitamente que Bolivia era un Estado monoétnico y monocultural amparando el dominio de la Nación Boliviana. En las reformas a la cpe de 1994, ante las reivindicaciones de las naciones originarias del oriente y occidente del país, se estableció por primera vez que el Estado Boliviano era Multiétnico y Pluricultural, pero sin tocar la estructura territorial y nacional de Bolivia.

El artículo primero establecía que “Bolivia, libre, independiente, soberana, multiétnica y pluricultural, constituida en República unitaria, adopta para su gobierno la forma democrática representativa, fundada en la unión y la solidaridad de todos los bolivianos”.

Esta fue una solución etnicista y culturalista al problema del colonialismo interno sin tocar la estructura nacional de nuestro Estado.

La estructura del derecho en Bolivia estaba muy desactualizado con relación al control de constitucionalidad de nuestras leyes, así como de las actividades de nuestros gobernantes.

Muchos países del mundo y de Sudamérica ya habían establecido el control de constitucionalidad para adecuar sus leyes y actos de sus gobernantes a lo que establecía su constitución.

Siguiendo estas corrientes, el parlamento boliviano incluyó en la reforma de la constitución de 1994 la creación del Tribunal Constitucional (tc) como una de las reformas más importantes a la estructura institucional de nuestro derecho. La cpe en su art. 119 creó el tc sosteniendo que “El Tribunal Constitucional es independiente y está sometido sólo a la Constitución. Tiene su sede en la ciudad de Sucre”. A la fecha, el desempeño del Tribunal Constitucional ha permitido un mayor respeto de la cpe por parte de la ciudadanía en general pero también de los gobernantes.

Otro de los aportes de las reformas constitucionales de 1994, fue la creación de la institución del Defensor del Pueblo. El art. 127 se establece que “El Defensor del Pueblo vela por la vigencia y el cumplimiento de los derechos y garantías de las personas en relación a la actividad administrativa de todo el sector público. Asimismo vela por la defensa, promoción y divulgación de los derechos humanos”.

Los defensores del pueblo hasta la fecha han colaborado a la ciudadanía en sus problemas ante la administración pública, velando por la protección de sus derechos constitucionales.

Un aporte de la constitución de 1994 es la consolidación de los derechos de las comunidades originarias según lo había establecido el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (oit), convenio que fue convertido en la Ley 1257 de Bolivia mediante el mecanismo de la ratificación.

La constitución de 1994 en su art. 171 reconoció los derechos humanos de las comunidades y también su derecho a sus tierras comunitarias de origen al establecer que. “Se reconocen, respetan y protegen en el marco de la ley los derechos sociales, económicos y culturales de los pueblos indígenas que habitan en el territorio nacional especialmente los relativos a sus tierras comunitarias de origen, garantizando el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, su identidad, valores, lenguas, costumbres e instituciones”.

Esta garantía para que las comunidades puedan conseguir tierras comunitarias ha permitido la consolidación de los territorios de muchas comunidades sobre todo del oriente boliviano, y ha evitado la desaparición de muchas de nuestras comunidades y naciones originarias.

*    Es Abogado y docente de Derecho en la Universidad Mayor de San Andrés.

**     Historia Jurídica De Bolivia. Historia Del Derecho Originario Y Colonial, Facultad de Derecho de la Universidad Mayor De San Andrés 2009.

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