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Perú indemnizará a mujer obligada a dar a luz un feto anencefálico en 2001

El Código Civil peruano considera el aborto «un delito contra la vida, el cuerpo y la salud», y solo lo despenaliza en el caso de que la vida de la madre esté en peligro y tenga menos de 22 semanas de gestación.

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Por EFE
Lima / diciembre 9, 2015
en Mundo

El Gobierno peruano cumplirá el dictamen de la ONU que le obliga a indemnizar y responsabilizarse por vulnerar los derechos de Noelia Llantoy, a quien se le negó un aborto terapéutico en 2001 y dio a luz un feto anencefálico (sin cerebro) que falleció cuatro días después, informó la defensa de la víctima.

El Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer (DEMUS) y el Centro de Derechos Reproductivos, que llevaron en 2002 el caso conocido como K.L. al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, celebraron hoy en Lima la decisión del Gobierno de Ollanta Humala, que se cumplirá una década después del dictamen emitido por el comité.

El Gobierno publicará en el diario oficial El Peruano el dictamen del Comité de Derechos Humanos, además se compromete a adoptar medidas para evitar que este caso vuelva a ocurrir en el futuro y el Ministerio de Salud será el encargado de indemnizar económicamente a Llantoy por «la vulneración de sus derechos fundamentales», anunciaron las organizaciones en una presentación para la prensa.

La representante de DEMUS, María Ysabel Cedano, declaró que este es un «hecho histórico» porque es la primera vez que el comité emite una resolución enmarcada en una petición individual y «reafirma el derecho de las mujeres a un aborto terapéutico».

Cedano abogó por que «ninguna mujer vuelva a pasar por algo así» y se congratuló porque con la aceptación de esta decisión, el Estado «está reconociendo que los dictámenes son de cumplimiento obligado».

La directora regional de América Latina y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos, Catalina Martínez Coral, recordó que «negar el derecho al aborto a una mujer cuando su vida o su salud se encuentran en peligro es una forma de trato inhumano, cruel y degradante».

Coral denunció que Llantoy estuvo sometida a un problema de «depresión constante y de salud mental», durante y después del parto, y además advirtió que esta práctica sí era legal dadas las condiciones que sufría la víctima, que además en ese momento era menor de edad, un hecho que en su opinión «agrava» la situación puesto que Naciones Unidas protege a los menores.

El Código Civil peruano considera el aborto «un delito contra la vida, el cuerpo y la salud», y solo lo despenaliza en el caso de que la vida de la madre esté en peligro y tenga menos de 22 semanas de gestación.

Esta interrupción del embarazo, conocida como aborto terapéutico, fue aprobada en Perú en 1924 pero no se empezó a aplicar hasta 2014 por carecer de un reglamento oficial, aunque la psicóloga de Demus, Mariel Távara, declaró que aún existen «muchas dificultades» para que a una mujer peruana se le practique un aborto terapéutico.

Por su parte, Llantoy afirmó que «le ha costado mucho» enfrentarse a su situación y que «después de tantos años» tiene «valor para dar la cara porque muchas no se atreven a denunciar porque sienten culpa y vergüenza».

Explicó que su caso «ha servido de precedente», se mostró orgullosa del logro que ha conseguido junto a las organizaciones feministas que la han apoyado y animó a las mujeres en su situación y a las mujeres víctimas de violación que también son obligadas a dar a luz en Perú, que «sigan luchando».

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