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Tribunal de la UE multa a España por infracción sobre protección de datos personales

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó este jueves a España a pagar a la Comisión Europea una multa de 15 millones de euros (unos 18,2 millones de dólares) por infracciones en la normativa de protección de datos personales. Para el TJUE, España no cumplió con sus obligaciones relacionadas con una directiva […]

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Por AFP
Bruselas / febrero 25, 2021
en Mundo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) condenó este jueves a España a pagar a la Comisión Europea una multa de 15 millones de euros (unos 18,2 millones de dólares) por infracciones en la normativa de protección de datos personales.

Para el TJUE, España no cumplió con sus obligaciones relacionadas con una directiva aprobada por el Parlamento y el Consejo Europeo en 2016, sobre protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales.

«Considerando la seriedad y la duración de la infracción, el tribunal ordena a España que pague a la Comisión una suma de 15 millones de euros», con una multa adicional diaria de otros 89.000 euros (108.000 dólares) en caso de demora en adaptarse a la Directiva.

Luego de la adopción de esa normativa, los países del bloque tenían plazo hasta mayo de 2018 para incorporar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias a su régimen legal interno, o al menos comunicar los pasos dados en ese sentido.

El caso había sido enviado por la Comisión Europea al TJUE en septiembre de 2019, después que España había justificado las demoras en cumplir son la normativa alegando que el proceso de ajuste aún estaba en ejecución.

El TJUE señaló que en su defensa España mencionó las «circunstancias institucionales muy excepcionales» que obstaculizaron el cumplimiento de la normativa.

Así, el tribunal mencionó que en ese período las autoridades españolas carecían de mayoría legislativa y además se veían forzadas a administrar casos de urgencia hasta la conformación de un nuevo gobierno.

El TJUE apuntó que España no cuestionó el incumplimiento «con las obligaciones de adoptar o notificar las medidas», pero apuntó que las circunstancias eran «particularmente relevantes para evaluar la proporcionalidad de las sanciones» propuestas por la Comisión.

(25/02/2021)

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