El bloque opositor, en la segunda etapa de concertación observó los artículos 140, 141 y 142 de la Ley Marco de Autonomías. Sus reclamos no fueron atendidos por el oficialismo, razón por la cual abandonaron la mesa de diálogo.
El artículo 140 establece en su parágrafo I que «todas las entidades territoriales autónomas cumplirán sus obligaciones que la Constitución Política del Estado y las leyes impongan, resultando ineludible para ellas velar permanentemente por la unidad e integridad del Estado Plurinacional. Su incumplimiento generará la aplicación de sanción penal permanente», dice el texto.
Sobre el artículo 141, la norma estipula que «se prohíbe la federación de gobiernos autónomos departamentales donde se tomen decisiones políticas de manera colegiada y vinculante para sus gobiernos, en paralelo o en contravención a las instancias de coordinación definida por la Constitución Política del Estado y las leyes», expresa la norma.
El artículo 142 establece la fiscalización y control gubernamental a las entidades autónomas.






