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Justicia indígena carece de regla para sanciones

Norma. La justicia indígena no establece delitos ni sanciones a aplicarse

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Por La Razón
/ diciembre 18, 2010
en Nacional

La Ley de Deslinde Jurisdiccional no tipifica los delitos y el tipo de sanciones que estarán  bajo su jurisdicción, por lo que deja a los pueblos indígena originario campesinos actuar en función de sus usos y costumbres, sin un delimitación clara.

La información la hizo conocer la diputada de oposición Norma Piérola. «No toma en cuenta la tipificación de delitos. ¿Qué va a pasar con delitos como el abigeato, el rapto propio e impropio?», se preguntó la legisladora.

La Asamblea sancionó el jueves la ley y hoy podría ser promulgada por el presidente Evo Morales. La norma, entre otros aspectos, establece que se deberá respetar los derechos humanos y refiere que la justicia indígena no alcanza los delitos internacionales, narcotráfico, tráfico de armas, de personas, violencia contra los niños, violación, asesinato u homicidio.

También la margina de tratar temas de derecho laboral y social, aunque no establece qué tipos de delitos debe juzgar y las sanciones que aplicará.

El secretario técnico de la Comisión de Naciones y Pueblos Indígenas de Senadores, Juan Carlos Pérez, explicó que la ley sólo detalla qué delitos no puede juzgar. «Cada comunidad tiene su forma de organización, su propio sistema jurídico, por lo tanto, va a seguir vigente lo que hacen, lo que practican», explicó.

Además, añadió que la ley no contará con un reglamento para precisar algunos aspectos, por la complejidad que implicaría el abarcar las particularidades de la justicia de las 36 nacionalidades reconocidas.

«Redactar un reglamento sería violar la libre determinación de los pueblos y naciones indígenas», consideró Pérez, mientras que el diputado del MAS, Pedro Nuni, en varias oportunidades aseguró que la ley restringe la aplicación de la justicia indígena originaria campesina.

A diferencia de lo que señala la norma, el ex viceministro de Justicia, Samuel Tola, explicó que en las comunidades se juzga el asesinato, la violación y la violencia intrafamiliar.

La jurisdicción indígena originaria campesina está en igualdad de jerarquía que la ordinaria y sus fallos son de cumplimiento obligatorio. Se establece que conocerán «los asuntos o conflictos que histórica y tradicionalmente conocieron», aunque no explica qué tipo de casos.

Se aplicará dentro de un pueblo indígena originario campesino. El presidente de la Suprema, Jorge von Borries, respaldó la aprobación de la ley y afirmó que se convertirá en un instrumento de «conciliación» que aliviará el trabajo de los tribunales.

en tendencia: careceJusticiareglasanciones

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