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Eliminan juicios para cambios en Registro Civil

Certificados. Los trámites serán gratuitos y sólo de carácter administrativo

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Por La Razón
/ enero 1, 2011
en Nacional

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) eliminó los trámites judiciales para realizar rectificación o complementación de nombres, apellidos u otras datos de certificados de nacimientos, matrimonio, defunción, entre otros. Éstos trámites, ahora, son sólo administrativos y gratuitos.

La información la proporcionó el presidente del hoy cuarto poder del Estado, Wilfredo Ovando, quien recordó que, en el pasado, muchos de los problemas de registro en, por ejemplo, certificados de nacimiento, debían ser corregidos vía procesos legales con el costo y el tiempo que ello implicaba para el ciudadano.

«Nosotros hemos elaborado un reglamento para que el trámite sea atendido directamente por el Órgano Electoral, así que la ciudadanía ya no tiene que ir a un proceso judicial», explicó la autoridad electoral. La población, tanto del área rural como urbana, podrá rectificar datos en partidas de Registro Civil como de nacimiento, matrimonio, defunción, reconocimiento y naturalización, entre otros, de forma gratuita.

En las direcciones departamentales del Servicio de Registro Cívico (Sereci), ex Cortes Departamentales Electorales, se deben iniciar los trámites, que no deberán extenderse en su resolución más de 10 días.

«El trámite es completamente gratuito, y además no se requiere de abogado. El ciudadano sólo debe pagar el importe del nuevo certificado. Esta medida ya está vigente desde hace tres meses», sostuvo Ovando.

La ciudadanía no sólo puede realizar la rectificación de datos, sino también una complementación, reposición, ratificación o cancelación de partidas de Registro Civil, lo cual significa dejar sin efecto una partida, agregar o corregir datos, además de volver a registrar una partida extraviada o destruida, entre otros beneficios que el reglamento permite.

Las oficinas de Registros Civil de las diferentes zonas y barrios también están habilitadas para recibir y realizar los trámites para rectificar, completar, ratificar, cancelar o reponer datos en partidas de nacimiento, matrimonio o defunción.

En este caso, empero, el usuario deberá pagar al oficial de Registro 15 bolivianos por su arancel y el costo del envío del trámite a una dirección departamental o regional de Registro Civil. «Ningún oficial de Registro Civil podrá negarse a recibir dichas solicitudes», señala la norma. 

«Los ciudadanos que estan haciendo el trámite en la vía judicial, o están en medio proceso, pueden sin perjuicio de ese proceso, acudir paralelamente al trámite administrativo, que en el peor de los casos dura 10 días, aunque hay otros que pueden demorar sólo media hora», aseguró el presidente del poder electoral.

La Ley del Órgano Electoral, en su artículo 70, crea el Sereci como entidad pública, bajo dependencia del Tribunal Supremo Electoral, para la organización y administración del registro de las personas naturales, en cuanto a nombres y apellidos, estado civil, filiación, nacimiento, hechos vitales y defunción, así como el registro de electores para ejercer  derechos civiles y políticos.

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