La confirmación del asilo fue emitida ayer viernes 8, mediante la nota de prensa 141. En el escueto comunicado, la Cancillería brasileña anuncia que decidió conceder el asilo al senador Pinto en base a las normas y la práctica del Derecho Internacional Latinoamericano, y del artículo 4, inciso X, de la Constitución Federal de Brasil.
Dicho artículo 4 se refiere a los principios que tiene Brasil con respecto a las relaciones internacionales; y, su inciso X señala el principio de la “concesión de asilo político”. El canciller David Choquehuanca, por la mañana, en conferencia de prensa dijo que con respecto al posible asilo a Pinto, hasta ese momento no había recibido ninguna comunicación oficial de Brasil.
Hasta el cierre de la presente edición, el Gobierno expresó dicho criterio: no recibió nada oficial. La responsable de prensa de la Cancillería, Consuelo Ponce, explicó que bajo el protocolo de relaciones internacionales, los únicos documentos válidos son los que llegan “en físico”.
Debate. Para la senadora por el MAS Gabriela Montaño, en la decisión brasileña de dar asilo político a Pinto lo que hay que ver es el funcionamiento de la “institucionalidad” del país vecino, a la que hay que respetar. Con respecto a si el asilo significa una condena del país en el tema de derechos humanos, Montaño apuntó que no se puede mezclar la decisión jurídica, de derecho internacional, con lo político del Gobierno del país vecino.
Para el senador de Convergencia Nacional Bernard Gutiérrez, en cambio, la decisión brasileña revela que ahora “hay convicción en la comunidad internacional del fin de la institucionalidad democrática en Bolivia. La inexistencia de un Estado de derecho y la violación de los derechos humanos” en el actual régimen. De los más de 20 procesos contra Pinto, señala Gutiérrez, al menos 12 son por el ejercicio parlamentario del senador, siendo usual la acusación por desacato.
La abogada Karen Longarik, por su lado, remarca el carácter político de la decisión del asilo. “Se concede asilo porque se considera que la persona es un perseguido político”. Ahora, una vez que el senador tiene procesos legales en su contra, lo que corresponde es que éstos prosigan y, luego, una vez que haya sentencias, se proceda a un trámite de extradición, señala Longarik.
Para el abogado Carlos Alarcón, el asilo a Pinto sólo confirma que “en Bolivia se ha criminalizado la vida política para fines de concentración y perpetuación del poder; que hay intención deliberada de eliminar toda disidencia política utilizando el disfraz de la corrupción, se usa fiscales y jueces como instrumentos de linchamiento político”, dijo.
Cancillería, sólo trámite
Embajadas
La carta oficial de concesión de asilo a Pinto primero debe llegar a la Embajada de Brasil en Bolivia; sólo de allí será remitida a la Cancillería boliviana; y ésta recién empieza el trámite correspondiente.
Obligación de dejar salir al senador opositor
El siguiente paso a una comunicación oficial de parte de Brasil de haber concedido el asilo político al senador Pinto, será el salvoconducto que Bolivia debe dar al político opositor para que sea llevado al país vecino.
El salvoconducto, explican fuentes de la Cancillería, es automático (no se lo niega) por ser Bolivia parte de tratados internacionales. Aunque siempre cabe la posibilidad, señala Longarik, de que un país lo niegue; lo cual, sin embargo, constituiría un auténtico estado de fricción internacional. El negar el salvoconducto, añade Alarcón, “sería una especie de vandalismo internacional, porque uno de los mayores bienes que debe cuidar un Estado son sus relaciones internacionales”.
En su conferencia de prensa, el canciller Choquehuanca aclaró que en el caso de una solicitud de asilo, el Ministerio de Relaciones Exteriores sólo hace de tramitador, pues, como señala su responsable de prensa, en rigor, por ejemplo, no es la Cancillería la que emite el salvoconducto, sino el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Migración. Por esto, el Canciller dijo que “cuando recibamos (la nota oficial) la derivaremos al Ministro de Justicia, de Gobierno, o de la Presidencia”.






