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Estatuto Autonómico de Pando crea 5 nuevos escaños legislativos y apunta a fortalecer el desarrollo

La Asamblea Legislativa de Pando, a partir de la vigencia del documento, contará con 21 escaños, tres de ellos para los indígenas. Además la región alentará la exploración hidrocarburífera y apostará por fortalecer el turismo

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Por Mariana Pérez/Carlos Corz
La Paz / octubre 8, 2012
en Nacional

El Estatuto Autonómico de Pando, aprobado el fin de semana por la Asamblea Legislativa local, amplía el número de escaños de 16 a 21 en la Asamblea Legislativa Departamental y apuntala el desarrollo de la región a través de políticas como el potenciamiento del turismo, la agropecuaria y la actividad hidrocarburífera y minera. El documento será sometido a un  referéndum, previa aprobación del control constitucional.

El proyecto es el resultado de un proceso de adecuación de un primer documento -aprobado en 2008- a la Constitución Política del Estado. Cien artículos y cinco disposiciones transitorias incluye el documento que, según el presidente de la Comisión de Autonomías y Ordenamiento Territorial de la Asamblea, Sebastián Texeira, es el resultado del consenso.

Uno de los temas conflictivos fue precisamente el referido a los escaños. La Asamblea tiene hoy 16 curules, entre ellos uno para los indígenas, pero una vez entre en vigencia el Estatuto el número subirá a 21, de los que dos más serán para los indígenas. “Tres escaños serán distribuidos entre los municipios con mayor población (según los resultados del censo de octubre)”, explicó.

El artículo 37 del título III del documento establece que  la elección de los 21 asambleístas será por territorio (uno por municipio, 15 en total), tres por población en función al resultado del censo (dos para el primer municipio más poblado y uno para el segundo) y finalmente, tres escaños para los pueblos indígena originario campesino de minoría poblacional.

Son reconocidos cinco pueblos indígenas: Tacana, Cavineño, Esse Ejja, Machineri y el Yaminahua, aunque el Paracahura también está reconocido pero con la particularidad de que no fue contactado, es decir “saben que existe pero no los han localizado”, explicó Texeira.

El 2 de julio de 2006, mediante un referéndum, Pando decidió ser un “Departamento Autónomo” y en 2008 la entonces Prefectura elaboró el Estatuto Fundamental Autonómico del departamento aprobado también por un plebiscito el mismo año. En ese documento, en lo relativo a los escaños, sólo se establecía 15 curules para representantes de igual número de municipios.

El Estatuto adecuado a la Constitución, vigente desde 2009, además de la elección del Gobernador la del Vicegobernador, afianza el respeto de los derechos civiles, políticos, humanos y de los pueblos indígena originario campesinos establecidos en la Carta Magna. En lo económico-productivo, apunta al turismo como una de las actividades centrales de desarrollo departamental.

“El Gobierno Autónomo Departamental promoverá ante el nivel central del Estado la prospección, exploración, explotación, industrialización y comercialización de los recursos hidrocarburíferos, mineralógicos y otros recursos naturales no renovables”, refiere el artículo 81 de la norma, que añade que “El Gobierno Autónomo Departamental podrá participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de recursos hidrocarburíferos en asociación con las entidades nacionales del sector”.

La infraestructura carretera también forma parte de las tareas prioritarias fijadas en el Estatuto que recoge las 36 competencias exclusivas departamentales fijadas en las normas legales vigentes, entre ellas el  “crear y administración de impuestos de carácter departamental, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o municipales”.

La norma también fija tareas prioritarias como la redacción y aprobación de al menos siete leyes orgánicas, entre ellas del Órgano Ejecutivo Departamental; la Ley Departamental de Fiscalización; de Desarrollo del Régimen Electoral Departamental; de Desarrollo Productivo, Económico y Promoción de Empleo; del Transporte Interprovincial Terrestre, Fluvial y Otros Medios de Transporte en el Departamento; de Creación del Tesoro Departamental; Ley  de  Otorgación  de  Personalidad  Jurídica  a  Organizaciones  Sociales,  Organizaciones No Gubernamentales, y la ley de  Fundaciones y Entidades Civiles sin fines de lucro que desarrollen actividades en el Departamento; Ley de Empresas Públicas Departamentales.

Texeira informó que el jueves los miembros de la Asamblea Legislativa harán una entrega simbólica del Estatuto Autonómico, que es el primero de los nueve departamentos. Tras el evento, está previsto el envío formal del documento hasta el Tribunal Constitucional, que deberá verificar si su contenido está acorde a los preceptos constitucionales.

Una vez aprobado por el control constitucional, deberá pasar por la validación del soberano para que entregue en vigencia.

en tendencia: autonomicodesarrolloestatutolegislativosPando

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