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Ley de Abogacía prevé atención gratuita a personas de bajos recursos

El artículo 11 de esa norma, remitida a la Cámara de Diputados para su revisión, señala que ‘las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos’.

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Por Abi  
La Paz / junio 26, 2013
en Nacional

La Ley que regula el ejercicio de la abogacía, que la Cámara de Senadores aprobó en la víspera en sus estaciones en grande y en detalle, establece en uno de sus artículos la atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos.

El artículo 11 de esa norma, remitida a la Cámara de Diputados para su revisión, señala que ‘las abogadas y los abogados en ejercicio libre de la profesión podrán prestar atención gratuita a las personas de escasos recursos económicos’.

Según los legisladores, el objetivo de la norma es regular el ejercicio de la abogacía, el registro y control de abogadas y abogados en el ejercicio de la profesión, dentro del territorio del Estado Plurinacional.

Para ese efecto, el Ministerio de Justicia remitirá las listas de las abogadas y los abogados registrados, al Órgano Judicial, para las designaciones de abogados de oficio, para que presten asistencia judicial.

El proyecto establece que están exentos de tal obligación quienes se encuentren en relación de dependencia.

Al respecto, la presidenta de la Comisión de Justicia Plural del Senado, Sandra Soriano, aclaró que la abogada o el abogado nombrado como defensor de oficio, continuará ejerciendo su profesión en atención de causas particulares.

Asimismo, dijo que la Ley señala que el registro público y la matriculación de las abogadas, los abogados para el ejercicio de la abogacía estarán a cargo del Ministerio de Justicia.

Sin embargo, sobre la libre asociación toda abogada o abogado podrá afiliarse a un colegio profesional, de la misma forma tendrá derecho a renunciar a dicha afiliación, salvo proceso pendiente en su colegio.

‘Registro y matriculación están a cargo del Ministerio de Justicia, obligatorio para todos los abogados, porque es una forma de control del Estado para aquellos profesionales que cumplan con los requisitos y para evitar que varias personas, sin ser profesionales, se hagan pasar de abogados’, explicó Soriano.

Según un boletín institucional, los aranceles de los honorarios profesionales serán aprobados cada dos años para cada departamento, lista que será publicada en un medio de circulación nacional.

De lo contrario, cuando la abogada o el abogado y su patrocinado no hubieran acordado el honorario profesional, regirá el arancel de honorarios profesionales de la abogacía.

La norma pasó a la Cámara de Diputados para su revisión.

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