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El viejo sistema de justicia penal de 1973 arrastra al menos 610 causas en La Paz

El Nuevo Código de Procedimiento Penal, que estableció la oralidad en los procesos, fue aprobado en 1999 y creó juzgados de liquidación de las causas empezadas con el antiguo sistema, que estuvo vigente desde 1973. Entre las casas tramitadas con el antiguo sistema están el caso Patricia y un juicio por la enajenación de bienes de ENFE-residual

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Por Ángel Guarachi
La Paz / octubre 18, 2013
en Nacional

El Código de Procedimiento Penal de 1973, pese a haber sido reemplazado en 1999 por un nuevo instrumento legal, aún está vigente porque bajo ese sistema son tramitadas al menos 1.220 causas en tribunales de liquidación en La Paz. Ambos sistemas coexisten desde hace 14 años, pese a que en un principio fue fijado un plazo de cinco años para acabar con procesos del antiguo sistema.

Expedientes ampulosos con hojas amarillas por el paso del tiempo y atados cada uno para que no se mezclen, son característica en los cuatro tribunales liquidadores de La Paz, según constató La Razón Digital. Esas instancias fueron creadas por ley de Código de Procedimiento Penal aprobado el 25 de marzo de 1999 y que tiene como principal innovación la oralidad en los procesos.

“Dos meses antes de la vigencia plena de este Código, el Consejo de la Judicatura y la Fiscalía General de la República determinarán los juzgados, Salas de las Cortes Superiores y fiscales liquidadores que continuarán, a partir de la vigencia plena de este Código, el trámite de las causas según el régimen procesal anterior”, refiere la cuarta disposición transitoria de la ley de 1999.

Las instancias liquidadoras en La Paz tienen al menos 610 causas. En el juzgado Primero de Partido en lo Penal Liquidador se tienen registrados al menos 280 procesos, entre penales y de responsabilidad civil. La mayoría están relacionados con delitos de homicidio, asesinato, robo y allanamiento.

“El problema de estos procesos, es que no son como con el Nuevo Código de Procedimiento y no son cuadernos de investigación, son expedientes que son ampulosos, cada uno generalmente consta de diez cuerpos u ocho”, explicó la juez de ese juzgado Sussel Marquéz.

Entre los casos destacados en ese Juzgado están el del exparlamentario del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) Germán Medrano Kreidler y otros 20 procesados por la enajenación de bienes de la Empresa Nacional de Ferrocarriles del Estado (ENFE- residual) de 1998, que tiene 250 cuerpos y cada uno 200 fojas.

El caso de la niña Patricia Flores de 1998, con 49 cuerpos y 200 fojas, está en el Juzgado Segundo. La niña fue violada y asesinada, actualmente el proceso está en su etapa final. Ese Juzgado tiene 72 causas, en su mayoría por estafa, asociación delictuosa, peculado, asesinato y violación.

Mientras que en el Juzgado Segundo de Instrucción Penal Liquidador hay 193 casos, entre delitos de acción pública y delitos de acción privada y en el Juzgado Tercero de Instrucción Penal Liquidador existen 65.

Marquéz atribuyó la demora al proceso característico del antiguo sistema. “Antes los procesos eran más burocráticos, había más papeleo y, generalmente los abogados litigantes iban presentando excepciones, apelaciones, entonces se remitía a salas, posteriormente se presentaban recursos de casación a la (ex) Corte Suprema, antes la Corte volvían a remitirlos (a juzgados), no son procesos que terminan rápido”, explicó.

Del total de causa, en 2012 ingresaron 462 demandas en el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador, mientras que  en el Juzgado de Instrucción en lo Penal Liquidador 148 causas nuevas, de acuerdo al informe anual del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

La juez de Instrucción Penal Liquidador, Rosmery Pabón, explicó que estos procesos son morosos porque son escritos y las partes y abogados recurren a presentar incidentes, excepciones, nulidades e incluso el cambio de las oficinas o residencia.

“Como también el cambio de autoridades, de la fiscalía, el Ministerio Público son aspectos que influyen a este tipo de actuación”, sostuvo.

“Las causas que deban tramitarse conforme al régimen procesal anterior, deberán ser concluidas en el plazo máximo de cinco años, computables a partir de la publicación de este Código”, establece el nuevo Código penal.

en tendencia: arrastraCausasJusticiaPazsistema

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