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Justicia militar cita a suboficial Gil y emite mandamiento de aprehensión para Cartagena

Ambos militares, según la acusación, junto a otros suboficiales y sargentos quebrantaron la cadena de mando de las FFAA promoviendo en abril una movilización «política», presuntamente para frenar la discriminación y exigir la modificación de la Ley Orgánica de la institución castrense.

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Por Abi  
La Paz / junio 17, 2014
en Nacional

El presidente del Tribunal Permanente de Justicia Militar, Eduardo Fernández, confirmó el martes que citará al suboficial Johnny Gil y ratificó que se emitió un mandamiento de aprehensión para Lorgio Cartagena, ambos acusados de ‘sedición’, ‘motín’, ‘rebelión’ y de ‘atentar en  contra de la estabilidad institucional’.

Según la acusación, ambos militares junto a otros suboficiales y sargentos quebrantaron la cadena de mando de las Fuerzas Armadas, encabezando en abril una movilización política, presuntamente para frenar la discriminación y exigir la modificación de la Ley Orgánica de la institución castrense.

«El Tribunal Permanente de Justicia Militar procesará a cinco suboficiales y sargentos por la comisión de los delitos sedición, motín, rebelión y otros tipificados en el Código Penal», explicó en conferencia de prensa.

En el caso del suboficial Gil, explicó que hace cuatro días el juez sumariante del Comando General de Ejército remitió a esa instancia de la justicia militar el sumario informativo y auto de procesamiento con indicios de culpabilidad por los hechos de abril.

Agregó que los abogados recibieron los expedientes y establecerán fecha y hora de la audiencia ‘confesoria’ o declaración del acusado.

En el caso del suboficial Cartagena, dejó establecido que «hasta después de un año de haber sido alejado en forma definitiva de la Armada Boliviana puede ser juzgado, porque aún sigue bajo la jurisdicción militar».

Dijo que Cartagena, acusado de motivar indisciplina en las FFAA, ya no pertenece a la Armada porque el Tribunal de Personal «ejecutorió la resolución del retiro obligatorio», tomando en cuenta que no solicitó la reconsideración de su caso en el plazo de 15 días que establece la norma militar».

Por su parte, Néstor Burgoa, auditor del Tribunal Permanente de Justica Militar, dijo que todo proceso tiene su base de trámite y existen plazos, y aseguró que se establecieron los procesos para la radicatoria de las causas.

en tendencia: aprehensiónCartagenaGilJusticiamandamiento

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