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El Senado aprueba ‘en grande’ y ‘en detalle’ el nuevo Código Niña, Niño, Adolescente

La ley fija los 14 años de edad como el mínimo para acceder a un trabajo, con algunas excepciones en niños menores, siempre y cuando tengan autorización de sus  padres y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.

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Por Abi  
La Paz / junio 27, 2014
en Nacional

El pleno de la Cámara de Senadores aprobó hoy, en sus estaciones ‘en grande’ y ‘en detalle’, el nuevo Código Niña, Niño, Adolescente, que tiene por objeto reconocer, desarrollar y regular el ejercicio de los derechos de los niños y jóvenes a través de un Sistema Plurinacional Integral de la Niñez y Adolescencia, informaron fuentes oficiales.

La norma se aplicará a jóvenes hasta los 18 años de acuerdo a las siguientes etapas de desarrollo: niñez, desde la concepción hasta los 12 años cumplidos, y adolescencia, desde los 12 a 18 años cumplidos, según informó la Cámara de Senadores.

La nueva ley establece el derecho a la protección de los niños trabajadores por el Estado, sus familias y la sociedad, en especial contra la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad o trabajo que pueda entorpecer su educación, o que sea peligroso o nocivo para su salud o para su desarrollo integral.

Fija que el trabajo familiar y social comunitario no debe, en ningún caso, amenazar o vulnerar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, ni privarlos de su dignidad, desarrollo integral y de disfrutar de su niñez, adolescencia y escolaridad.

La ley fija los 14 años de edad como el mínimo para acceder a un trabajo, con algunas excepciones en niños menores, siempre y cuando tengan autorización de sus  padres y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.

Se establece que el salario para el adolescente mayor de 14 años no podrá ser menor al de un adulto que realice el mismo trabajo, ni podrá ser reducido al margen de la Ley.

Dentro de la prohibición de trabajo para los menores están: la intermediación de enganchadores, agencias retribuidas de colocación, agencias de empleo u otros servicios privados similares para el reclutamiento y el empleo de la y el adolescente mayor de 14 años, realización de trabajo nocturno, traslados de trabajadores adolescentes sin autorización de la madre, padre, tutores y/o guardadores.

La norma fue debatida en tres días y una vez aprobada fue devuelta a la Cámara de Diputados para el análisis de las modificaciones que se hicieron en la Cámara Alta.

en tendencia: códigoniñaSenado

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