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Consejo prevé anular 35.000 juicios parados por 6 meses

La intención es reducir  los litigios civiles con el actual sistema procesal.

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Por Juan José Cusicanqui
La Paz / junio 29, 2014
en Nacional

La carga procesal en materia civil en el país, 87.000 juicios a enero de este año, es una preocupación para el Consejo de la Magistratura, institución que busca reducir en al menos 35.000 (41,1%) procesos esa mora hasta el 7 de agosto, fecha en la que se implementará el nuevo Código Procesal Civil.

Para conseguir ese objetivo, se emitió una circular a través de los nueve tribunales departamentales de justicia para liquidar juicios que fueron abandonados. “Procesos que no han tenido movimientos por más de seis meses deben ser extinguidos. Calculamos que entre enero y parte de julio cerca de 35.000 procesos van a ser sometidos a la extinción de la causa”, declaró a La Razón Juan Michel, director de Políticas de Gestión del Consejo de la Magistratura.

“Una vez que fue sometido (un juicio) a la extinción, no podrá ser reactivado (posteriormente) porque va a constituirse en cosa juzgada”, advirtió Michel.

El presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Raúl Jiménez, sostuvo que esa disposición no es nueva, ya que está establecido en el Código Procesal Civil que está en vigencia.

“Cuando en primera instancia el demandante abandonare su acción durante seis meses, el juez de oficio o a petición de parte, y sin más trámite declarará la perención de la instancia, con costas”, ordena el artículo 309 del actual Código Procesal Civil.

A diferencia de Michel, Jiménez indicó que este tipo de procesos que no tuvieron movimiento por seis meses, pueden ser reactivados en el plazo de un año. Sostuvo que en ningún caso la extinción puede ser tomada en cuenta como cosa juzgada, ya que el litigante pudo haber viajado o haber estado enfermo para no haber seguido con su proceso.

En todo caso, Michel señaló que hasta fin de año se espera poder reducir la carga procesal en  70%, ya que a la medida de extinción de juicios abandonados se instruyó a los jueces en materia civil acelerar los litigios que tienen a su cargo.

Estas dos medidas tienen el objetivo de que el actual juez de Instrucción o Partido en lo Civil, al convertirse en Juez Público desde agosto, atienda la menos cantidad de juicios con el antiguo sistema y se dedique con más tiempo al nuevo, que es oral.

Michel prevé que con la aplicación del nuevo Código Procesal Civil, un juicio no debe durar más de seis meses, si es que se cumplen los plazos establecidos.

Según las proyecciones del Consejo de la Magistratura, hasta el segundo semestre de 2015 ya no deberían haber juicios civiles con el actual sistema procesal, ya que todos éstos deben estar concluidos con una sentencia.

Abogados piden postergar vigencia

 Juan José Cusicanqui

El Colegio de Abogados de Bolivia pidió al Tribunal Supremo de Justicia la postergación de la aplicación del nuevo Código Procesal Civil por un año, hasta el 7 de agosto de 2015, debido a que hay observaciones que deben ser subsanadas, según informó el presidente del Colegio de Abogados de La Paz, Raúl Jiménez.

Entre las observaciones, de acuerdo con el representante de los abogados, está la falta de preparación de los operadores de justicia respecto a esta nueva norma y la ausencia de dotación de los instrumentos técnicos al sistema judicial, como por ejemplo la capacidad para notificar vía correo electrónico.

Agregó que aún falta aumentar el presupuesto judicial del 1% al 3 o 5% del presupuesto General del Estado.

  • El nuevo Código Procesal Civil

El nuevo Código Procesal Civil es la tercera norma de esa línea. El primero fue aprobado en 1830 en el gobierno de Andrés de Santa Cruz; el segundo, en 1970, con Hugo Banzer.

1. Nacional

Un trabajo boliviano

El año pasado, el entonces diputado Héctor Arce, actual procurador general del Estado, afirmó que esta normativa civil es 100% boliviana.

2. Elaboración

Análisis de los procesos

Héctor Arce indicó que el nuevo Código Procesal Civil fue elaborado a partir de un análisis y una investigación muy seria que estuvo a cargo de profesionales bolivianos.

3. Norma

El segundo código

En noviembre de 2013, el presidente Evo Morales promulgó el nuevo Código Procesal Civil, la segunda de la nueva era de codificación, luego del Código Procesal Constitucional.

4. Carta Magna

Principio de oralidad

El artículo 184 de la Constitución Política del Estado ordena que la jurisdicción ordinaria se basa en los principios de gratuidad, oralidad y celeridad, entre otros.

5. Observación

Falta una normativa

El Procurador General el Estado advirtió que la aplicación del nuevo Código Procesal Civil tendría vacíos jurídicos por falta de la reglamentación de la Ley del Notariado.

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