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Analizan alcance de Ley 026 para revocar a magistrados

Gobierno. Ministra de Justicia indica que esta norma abre el paso

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Por Juan José Cusicanqui, Dennis Luizaga
La Paz / agosto 15, 2014
en Nacional

Tras reiterar su cuestionamiento a la administración jurídica en el país, la ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez, reveló que para llegar al proceso revocatorio de las autoridades judiciales se analiza los alcances de la Ley 026 de Régimen Electoral.

“Se está analizando todo el material jurídico (para habilitar el revocatorio). Asimismo, la Ley del Régimen Electoral, en su artículo 25 parágrafo I, establece la revocatoria de mandato para todas las autoridades electas por voto popular; entonces acá nos abre una interrogante de aquellas personas que decían que no existía materia justiciable para que se pueda revocar (a autoridades judiciales)”, declaró la titular gubernamental.

Los cuestionamientos a las autoridades judiciales electas por voto popular en 2011 fueron expresados por el presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García, ministros y asambleístas del oficialismo y la oposición, debido a que la mora procesal se mantiene en el país. Sin embargo, una de las mayores observaciones del Ejecutivo fue dirigida al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), cuando admitió un recurso de inconstitucionalidad de la Ley del Notariado, acción que paralizó la aplicación de la norma.

Juicio. Por esa situación, en la Cámara de Senadores está en curso un juicio de responsabilidades en contra de las magistradas del TCP Soraida Chánez y Ligia Velásquez, que eran integrantes de la sala de admisión.

El parágrafo citado por la titular de Justicia estipula: “La revocatoria de mandato es el mecanismo constitucional a través del cual el pueblo soberano decide, mediante sufragio universal, sobre la continuidad o el cese de funciones de las autoridades elegidas por voto ciudadano. La revocatoria del mandato es el derecho del electorado a destituir del cargo a un funcionario antes de que concluya el periodo de su mandato”.

No obstante, en el parágrafo II la Ley del Régimen Electoral especifica: “Se aplica a todas las autoridades electas por voto popular, titulares y suplentes, a nivel nacional, departamental, regional o municipal. No procede respecto de las autoridades del Órgano Judicial ni del Tribunal Constitucional Plurinacional”.

Gutiérrez puso énfasis en asegurar que el tema del revocatorio a autoridades judiciales es un proyecto que se tiene, aunque aclaró que éste no es un aspecto político, ya que el juicio de responsabilidades instaurado en contra de dos magistradas del TCP se lo hizo a demanda de dos notarias.

Justificó la posición del Gobierno cuando afirmó que se detectó que la Justicia “no está marchando como debe ser”. Agregó que los magistrados del TCP, que están encargados de vigilar el cumplimiento de la Constitución Política del Estado, no cumplen con esa función.

La Ministra de Justicia indicó que los cuestionamientos al TCP llegan a la retardación de su trabajo respecto a las cartas orgánicas regionales. Al respecto, el presidente del tribunal citado, Efrén Choque, informó ayer que ya se entregaron 21 cartas orgánicas en lo que va del año, las mismas que son fruto de la “estabilidad y del trabajo” de cada uno de los magistrados.

Llamado a la población

Lucha

La ministra de Justicia, Sandra Gutiérrez, pidió a la población boliviana sumarse a la lucha contra la corrupción a través de las denuncias, ya que ahora los administradores judiciales ya dejaron de ser omnipotentes.

en tendencia: AnalizanGobiernoLey 026Magistradosrevocar

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