Uno de los dos suboficiales peruanos acusados de espionaje a favor de Chile estuvo en Bolivia entre 2008 y 2013, para reunirse y entregar información a los marinos chilenos que se hacían pasar, supuestamente, por empresarios italianos, revelaron autoridades militares de Lima.
El presidente del Fuero Policial Militar del Perú, Juan Ramos Espinoza, develó que el suboficial Richard Philco Borja salió en 11 ocasiones de su país, entre 2008 y 2013, con destino a Brasil, Bolivia, Chile y Argentina.
Philco es acusado, junto al suboficial Alfredo Marino Domínguez Raffo, por espionaje a favor de Chile. Ambos fueron acusados por los presuntos delitos de desobediencia, infidencia y traición a la patria. Ramos calculó que el proceso contra los dos imputados culminaría en agosto próximo, según informó el diario peruano El Comercio en su edición digital.
El miércoles por la noche, el canal América Televisión reportó que los militares permanecen presos desde octubre de 2014, en una prisión militar en Lima, procesados por traición a la patria.
Según el canal peruano, ambos confesaron que fueron contactados por supuestos empresarios italianos que les pagaban por informes sobre las labores de supervisión de la Marina de Guerra sobre pesca de altura. De acuerdo la acusación, se comprobó que los supuestos italianos eran en verdad agentes de la Marina de Chile, según la denuncia periodística.
En conferencia de prensa, Ramos reveló la existencia de un tercer marino implicado, pero con el transcurso de las investigaciones no se hallaron indicios en su contra, sin embargo, éste es procesado “por el momento” por el presunto delito de desobediencia, debido a que viajó sin permiso de sus superiores a Canadá, Brasil y Argentina.
Ramos también dio a conocer que Domínguez viajó sin permiso cuatro veces a Brasil, entre el 2011 y 2012. Añadió que se determinó que Philco y Domínguez enviaron, a través de sus correos electrónicos, imágenes que tenían mensajes encriptados que comprometía la seguridad nacional.
La sanción por traición a la patria en tiempo de paz es no menor a 20 años; por infidencia militar es no menor de cinco años ni mayor de 10, y por desobediencia no menor de un año ni mayor de cinco.






