El Tribunal Supremo Electoral (TSE) descartó la posibilidad de realizar los referéndums de aprobación de estatutos en cinco departamentos antes del 31 de mayo, tal como lo propusieron las regiones. El acto sería ilegal porque este nuevo proceso perjudicaría a las elecciones subnacionales.
“Toda convocatoria para un referéndum debería salir después del 29 de marzo, antes de eso no, porque se cruzarían los tiempos en un calendario electoral”, explicó la vocal Dina Chuquimia.
La autoridad señaló que este proceso de consulta implica abrir de nuevo el Padrón Biométrico, lo que impide su realización antes del 31 de mayo. El cruce de calendarios está prohibido en la Ley 026 del Régimen Electoral.
La Sala Plena del TSE y los representantes de las asambleas legislativas de La Paz, Cochabamba, Potosí, Oruro y Chuquisaca sostuvieron una reunión durante 12 horas para coordinar las tareas del proceso de consulta.
El encuentro ingresó en cuarto intermedio para que hoy a las 19.00 se defina la convocatoria.
Las regiones decidieron unificar la fecha para los referéndums. La Ley 026 señala que la convocatoria debiera emitirse entre 90 y 120 días antes del verificativo.






