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Defensoría ve insoslayable tratar el aborto y dice que la principal causa es el embarazo no deseado

La Defensoría del Pueblo emitió este jueves un pronunciamiento sobre la polémica desatada en torno al aborto, inscrito en el proyecto de ley del Código del Sistema. Reveló que 67 mil mujeres acuden a servicios de salud por complicaciones de abortos mal realizados.

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Por Carlos Corz
La Paz / marzo 16, 2017
en Nacional

La Defensoría del Pueblo abogó por una necesaria “promoción del debate sobre el aborto” a partir de la realidad y consideró “insoslayable el tratamiento de la interrupción legal del embarazo como el ejercicio de los derechos de autodeterminación excepcional de las mujeres, liberadas de la persecución penal” sobre todo cuando acuden a esta práctica por embarazos no deseados.

“Cada día se realizan 185 abortos en condiciones de riesgo, como consecuencia de ellos, cada año alrededor de 67.000 mujeres acuden a los servicios de salud presentando complicaciones por abortos mal realizados”, reportó la institución para mostrar la realidad en Bolivia en torno a la práctica de la interrupción del embarazo.

El proyecto de ley del Código del Sistema Penal incorpora la legalización del aborto a las ocho semanas de embarazo y cuando se encuentre en situación de extrema pobreza, no cuente con recursos suficiente para la manutención, sea estudiante o madre de tres o más hijos o hijas y no cuente con recursos suficientes para su manutención.

También se viabiliza la interrupción del embarazo en cualquier etapa de gestación para prevenir un riesgo presente o futuro para la vida de la mujer embarazada,  en caso de que se detecten malformaciones fetales incompatibles con la vida, que el embarazo sea consecuencia de violación o incesto o que la embarazada sea niña o adolescente.

“La principal causa para recurrir al aborto inseguro es el embarazo no deseado, lo que hace insoslayable el tratamiento de la interrupción legal del embarazo como el ejercicio de los derechos de autodeterminación excepcional de las mujeres, liberadas de la persecución penal, partiendo de que la pena no resuelve problemas estructurales de derechos y de salud pública”, sostiene la Defensoría del Pueblo, a cargado de David Tezanos Pinto.

Recordó que la Sentencia Constitucional Plurinacional 206/2014, del 5 de febrero de 2014,  exhortar a la Asamblea Legislativa Plurinacional desarrollar normas “que garanticen el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos conforme a lo establecido en el Art. 66 de la CPE, y que las mismas coadyuven a resolver los abortos clandestinos”.

“En este sentido, podría desarrollarse la protección de la autonomía del cuerpo de las mujeres, así como sus derechos sexuales y reproductivos, sin someterlas a la persecución penal, como la pobreza, condición de estudiante, minoridad, o responsabilidad del cuidado de personas con discapacidad, como factores de inimputabilidad, además de los puntualizados en la referida Sentencia Constitucional”, añade la posición defensorial. (16/03/2017)

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