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Copa aclara que Áñez no puede consultar al TCP sobre la Ley de Estados de Excepción

El ministro Núñez le devolvió la norma bajo el alegato de que está en revisión en el TCP, y le advierte de no incurrir en actos u omisiones ilegales. Copa promulgó la ley el 23 de julio y señala que Áñez solo puede hacer consultas sobre proyectos que emanan del Ejecutivo.

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Por Miguel Gómez
La Paz / julio 27, 2020
en Nacional

La presidenta de la Asamblea Legislativa y del Senado, Eva Copa (MAS), aclaró este lunes que el gobierno transitorio de Jeanine Áñez no puede solicitar un control previo de constitucionalidad de la Ley de Estados de Excepción porque no fue proyectista, tal como lo señala el artículo 112 del Código Procesal Constitucional.

“El Órgano Ejecutivo apela a una maniobra jurídica para no dar viabilidad a publicación de Ley que regula los estados de excepción que fue aprobada y sancionada; además, carece de legitimación activa para promover un control previo de constitucionalidad porque no son proyectistas”, escribió Copa en su cuenta de Twitter.

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, le envió una carta a Copa, en la cual le devuelve la norma que fue enviada a Áñez para su promulgación, pero que la mandataria remitió al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). Núñez le indica a la presidenta de la Asamblea que, según la página web del TCP, tiene conocimiento de la consulta interpuesta.

“En consecuencia, usted reconoció la jurisdicción constitucional; en ese contexto, pido a usted señora presidenta, no incurrir en posibles actos u omisiones ilegales o indebidos que restrinjan, supriman o amenacen los derechos reconocidos por la Constitución o la ley”.

El ministro de Justicia, Álvaro Coimbra, indicó que la presidenta del Senado, del Movimiento Al Socialismo (MAS), “incurrió en un error al promulgar un trámite que se encuentra suspendido, quebrando el Orden Jurídico Constitucional”. Sin embargo, Copa le respondió por Twitter, añadiendo lo dispuesto por el artículo 112 del Código Procesal Constitucional.

“Señor Álvaro Coimbra la norma es clara en cuanto a la legitimación activa para el control previo de constitucionalidad, el Ejecutivo no tuvo la más mínima participación para el origen de la ‘Ley de Estados de Excepción’, antes de acusarme cumplan con el Art. 112.1 del CPCo”. La norma señala que la Presidenta del Estado puede realizar consultas sobre constitucionalidad “cuando se trate de proyectos cuya iniciativa tienen origen en el Órgano Ejecutivo”.

La Ley de Estados de Excepción fue sancionada por la Asamblea el 17 de junio y enviada a la presidenta Áñez, quien no la promulgó en el plazo de 10 días, lo cual fue asumido por Copa el jueves 23 de julio. Hasta la fecha, la consulta aún se encuentra en la comisión de admisión del TCP y no se cuenta con una respuesta de la entidad de control de constitucionalidad.

La ley regula el accionar de las autoridades y fuerzas del orden en los tres tipos de estados de excepción que pueden ser determinados por el Ejecutivo: por desastre natural o epidemia, por convulsión interna y por invasión de una potencia extranjera. Además, con la norma la Asamblea abre las puertas a una evaluación de todas las medidas asumidas por el Gobierno durante la emergencia sanitaria.

(27/07/2020)

en tendencia: Eva CopaJeanine AñezLey de Estados de Excepción

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