El comunicado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con el que Jeanine Áñez sustentó su proclamación en 2019 tenía un subrayado en texto negro a manera de límites para la sucesión tras la renuncia de Evo Morales: corresponde la asunción “ipso facto” al Vicepresidente de la República y “cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión”.
Este martes, La Razón conoció de la ampliación escrita de las explicaciones del TCP a la comisión de fiscales que investiga el caso Golpe de Estado, cuya principal acusada es Áñez, actualmente bajo detención preventiva en la cárcel de Miraflores de La Paz.
Ese 12 de noviembre, dos días después de la dimisión de Morales, el comunicado era el documento clave para la proclamación de Áñez. Lo esperaba el senador de Unidad Demócrata (UD) Yerko Núñez y lo había cabildeado el exsenador Luis Vásquez, entonces asesor del expresidente Jorge Quiroga.
“(…) frente a una sucesión presidencial, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del jefe de Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de ley ni de Resolución Congresal para que el Vicepresidente asuma la Presidencia de la República; sino que conforme al texto y sentido de la Constitución, el Vicepresidente asume ipso facto la Presidencia de la República (…) cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la en la sucesión presidencial, prevista en el orden constitucional”, señalaba el comunicado del TCP.
Dicho documento se refería a “la jurisprudencia constitucional contenida en la Declaración Constitucional 0003/01 de 31 de julio de 2001, que interpretó los artículos 91; y, 93.I y III de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg), referidos a la sucesión presidencial, cuyos términos son similares a los contenidos en el art. 169.I de la CPE vigente”.
En 2001, el entonces presidente Hugo Banzer Suárez padecía un cáncer terminal. Aquejado por la enfermedad, renunció a sus funciones y dejó en manos de su vicepresidente, Jorge Quiroga, la sucesión constitucional.
Quiroga, entonces presidente en ejercicio, había interpuesto entonces ante el TCP una “consulta sobre la interpretación constitucional” con el fin de blindar su mandato, registrado como expediente 2001-02996-06-CCL
Con el magistrado Wilman Durán como relator, el TCP entonces había homologado la sucesión de Quiroga.
“(…) dado que aquí se está frente a una sucesión presidencial, originada en la vacancia de la Presidencia de la República, ocasionada por la renuncia del Jefe de Estado y no a un acto de proclamación, no requiriéndose de ley ni de Resolución Congresal para que el Vicepresidente asuma la Presidencia de la República; si no que conforme al texto y sentido de la Constitución, el Vicepresidente asume ipso facto la Presidencia de la República hasta la finalización del período constitucional; cualquier entendimiento distinto podría atentar contra la inmediatez en la sucesión presidencial, prevista en el orden constitucional”, señala el parágrafo I del considerando III.
En 2019, el vicepresidente era Álvaro García, que había renunciado a la par de Morales en Chimoré, a las 16.52 de ese domingo 10 de noviembre. Según el artículo 169 de la Constitución Política del Estado, luego de la renuncia del Presidente del Estado están en línea de sucesión constitucional el Vicepresidente, el titular de la Cámara de Senadores y, finalmente, el de Diputados.
Antes de Morales, a las 13.30, había renunciado el presidente de Diputados, Víctor Borda, y luego de la dimisión presidencial, también la titular de Senadores, Adriana Salvatierra.
Mientras el Movimiento Al Socialismo (MAS) cuestiona que en la proclamación de Áñez fueron violentados los reglamentos legislativos respecto de la renovación de las directivas camarales a raíz de sendas renuncias, su oposición reivindica la tesis del “vacío de poder” que supuestamente ocasionó el oficialismo de entonces; justifica con ese problema la proclamación inmediata (La Razón contó 11 minutos y 20 segundos entre la frustrada instalación de sesiones en Senadores y la Asamblea Legislativa hasta la asunción de Áñez) de la entonces segunda vicepresidenta de la Cámara de Senadores.







