El gobierno del presidente Luis Arce derogó el Decreto Supremo 4218 aprobado en la gestión de Jeanine Áñez y aprobó una nueva normativa para regular el Teletrabajo en el sector privado y público bajo el principio de aplicación voluntaria.
“La aplicación de esta condición especial es voluntaria, y para su implementación deberá existir el acuerdo entre las partes, el cual deberá constar por escrito, mediante mecanismos idóneos de prueba”, establece el parágrafo I del artículo 13 del Decreto Supremo 4570 aprobado el miércoles en gabinete de ministros.
El teletrabajo puede acordarse como parte de la descripción inicial de la condición de trabajo o puede incorporarse posteriormente. No debe afectar ni alterar las condiciones esenciales de la relación laboral, ni “puede vulnerar derechos de las partes y no constituye por sí misma causal de terminación de la relación laboral”.
“El teletrabajo podrá ser aplicado de forma preferente para las personas en situación de vulnerabilidad, mayores de sesenta y cinco (65) años, mujeres embarazadas y personas con patología crónica, de acuerdo a sus actividades y naturaleza de sus funciones”, según el parágrafo V del artículo 13.
Esta nueva modalidad de trabajo fue implementado en mayo de 2020 debido a la pandemia del COVID-19.
“Para las relaciones laborales sujetas a la Ley General del Trabajo y disposiciones normativas inherentes, el contrato de trabajo establecerá la aplicación del teletrabajo, si correspondiese, y su carácter permanente o temporal”, señalaba el artículo 4 del decreto derogado.






