Martín Camacho, abogado del presidente del Comité pro Santa Cruz Rómulo Calvo, aseguró este jueves que su cliente sí asistió a su trabajo en la Caja Petrolera de Salud (CPS) y “lo único que pasó es que no marcó” el biométrico de control de asistencia porque, según su versión, tenía esa “excepción” por su condición de dirigente sindical de dicha institución.
“No es que no asistió, simplemente no marcaba porque tenía la excepción de marcado en el biométrico de ingreso y de salida, (además) está en las estadísticas de la misma CPS que Rómulo no solo ha atendido operaciones, sino también consultas; el 62% de las cirugías de proctología realizó Rómulo; entonces, si están esas estadísticas, debemos apegarnos a la verdad material y solo verificar; lo único que pasó es que Rómulo no marcó, pero porque tenía esa facultad de no marcar como síndico”, insistió en una entrevista con La Razón Radio.
Según el abogado, la propia unidad de Recursos Humanos de la Caja Petrolera le otorgó a Calvo esa “excepción en el marcado para que él pueda asistir a las reuniones inherentes a sus actividades como dirigente sindical”.
Calvo, que trabajaba como médico especialista en proctología en la CPS de Santa Cruz, fue destituido de su fuente laboral por presunto abandono de sus funciones y la decisión fue conocida de manera pública hace dos días. Su defensa considera que es parte de una “persecución política” por haber impulsado un paro de nueve días en contra de una ley que finalmente el Gobierno eliminó por la presión.
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El miércoles, la ministra de Trabajo, Verónica Navia, dijo que el fuero sindical de Calvo culminó en septiembre y que, además, no estuvo declarado en comisión cuando asumió la dirigencia sindical en la CPS entre 2018 y 2020, por lo que, en su criterio, no corresponde que use ese argumento para rechazar o apelar su reciente destitución.
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Pero “la ministra de Trabajo desconoce la ampliación del periodo sindical de Rómulo, que se amplió hasta el 2 de diciembre de 2021. Una vez vencido el fuero sindical, los síndicos continúan gozando de este privilegio durante un año y (efectivamente) en septiembre se cumplía ese año de privilegio sindical de Rómulo; (no obstante después) se procedió a una ampliación que fue aprobada por el sindicato y que fue notificada”, explicó.
Por tanto, según Camacho, Navia no está tomando en cuenta esa ampliación. “Sin embargo, el juez sumariante (que resolvió la destitución de Calvo) sí la consideró y la única razón por la que decidió destituirlo es porque no ha marcado (…) y no ha tomado en cuenta de ninguna manera” el argumento de que ya no tuviera fuero sindical.
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