Dos días después del Día de la Memoria, en homenaje a los asesinados y desaparecidos del último régimen dictatorial del país, el Ministerio de Justicia convocó a todas las víctimas de “violencia política”, entre 1964 y 1982, que no recibieron su resarcimiento a presentar una solicitud de revisión.
“Se convoca a las víctimas de violencia política de los periodos inconstitucionales comprendidos entre el 4 de noviembre de 1964 al 10 de octubre de 1982, que no hubiesen calificado para el resarcimiento y cuenten con resolución de rechazo o desestimación emitida por la ex CONREVIC, a presentar mediante nota (…) su solicitud de revisión extraordinaria de expedientes (…) hasta el 30 de agosto”, comunicó el Ministerio de Justicia este viernes.
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Dictaduras
La convocatoria se realiza dos días después de los 44 años del inicio de la dictadura de Luis García Meza, el 17 de julio de 1980, una de las más sangrientas en la historia del país.
Sin embargo, desde 1964, el control del Gobierno estuvo en manos de militares, cuando el general René Barrientos Ortuño orquestó un golpe de Estado en contra del recién reelecto presidente Víctor Paz Estenssoro.
Durante más de 15 años, los militares se turnaron en el poder y propiciaron golpes de Estado entre ellos mismos. Así, Bolivia tuvo como presidentes a militares como Alfredo Ovando, Juan José Torres, Hugo Banzer, Juan Pereda, Alberto Natusch, Luis García Meza y Guido Vildoso. Este último devolvió al poder el 10 de octubre de 1982 a Hernán Siles Zuazo, que ganó las elecciones del año del golpe de 1980.
Durante ese cruento periodo hubo centenares de personas aprehendidas arbitrariamente, desapariciones forzadas y asesinatos. Solo en el régimen garciamecista se estima más de 500 víctimas.
Ley 2640
Una vez reinstaurada la democracia, en 1982, se intentó que todos los perjudicados del periodo de gobiernos inconstitucionales puedan recibir alguna indemnización por todos los males sufridos.
Así, en 2004, bajo el gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada, se aprobó la Ley 2640, para el resarcimiento de todas las víctimas.
Se conformó la Comisión Nacional para el Resarcimiento a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP) para dictaminar aquellos casos en los que ameritaba la indemnización. Sin embargo, la comisión rechazó y desestimó muchos casos, presuntamente de manera irregular y arbitraria.
En ese sentido, tras su aprobación en la Asamblea, el 4 de julio de este año entró en vigencia la Ley 1568, la cual tiene por objetivo revisar aquellos casos que no fueron validados por la Ley 2640 y así lograr el resarcimiento en los casos en los que éste realmente amerite.
Las víctimas deberán presentar una fotocopia de su cédula de identidad, en caso de ser afectados directos. Si fuese una víctima indirecta, deberá adjuntar algún documento que acredite el parentesco entre ambos. Asimismo, deberán presentar, deseablemente, el documento de rechazo de la CONREVIP.
Aquellos que entran en la categoría de víctimas son los familiares de las personas desaparecidas, asesinadas, torturadas; quienes hayan sufrido algún tipo de persecución política, maltrato físico o psicológico durante los tiempos de dictadura; o quienes hayan visto afectados sus bienes inmuebles o alguna propiedad particular por la bota militar.







