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El TSE puede incluir una redacción alternativa para corregir las preguntas del referéndum

El presidente Luis Arce remitió una carta al TSE con las cuatro preguntas para el referéndum nacional previsto para el mismo día de las elecciones judiciales, el 1 de diciembre.

TSE

Sala Plena del TSE brinda una conferencia de prensa.

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Por Andrea Condori
La Paz / agosto 22, 2024
en Nacional

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) tiene la tuición de incluir una redacción alternativa acerca de las preguntas del referéndum nacional, en el marco del cumplimiento de imparcialidad, precisión y claridad.

El presidente Luis Arce remitió una carta al TSE con las cuatro preguntas para el referéndum nacional sobre subvención a los carburantes, redistribución de escaños parlamentarios y reelección presidencial continua o discontinua.

En entrevista con La Razón Radio, el vocal del Tribunal Supremo Electoral (TSE) Gustavo Ávila explicó que, según el artículo 18 de la Ley 026, de Régimen Electoral, el TSE tiene un plazo de 72 horas para revisar las consultas. Al devolver las preguntas, el ente electoral puede incluir redacciones alternativas para garantizar que las preguntas cumplan con claridad, imparcialidad y precisión.

“El artículo 18 dice que si nosotros identificamos que no tenga estos elementos podemos responder con una redacción alternativa”, detalló.

Explicó que, en cuanto a la claridad, el TSE busca que cualquier ciudadano no tenga dudas al leer la pregunta; es decir que, sea “entendible” a la primera lectura. Sobre la precisión, toda pregunta tiene que ser nítida, certera y sin elementos que puedan confundir. Con respecto a la imparcialidad, la pregunta, en su integridad, no debe cumplir con ningún interés o manifestación política.

“Estos tres elementos los tenemos que analizar. Si identificamos que no cumple, la norma nos faculta para presentar una alternativa. Eso es lo que hacemos en las 72 horas”, acotó.

Después de que el TSE devuelva las preguntas, el presidente del Estado remitirá al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) la pregunta o preguntas a efecto de su control de constitucionalidad. Admitida la respuesta de este órgano, si la iniciativa resulta constitucional, se emitirá el decreto supremo de convocatoria; si la iniciativa fuese declarada inconstitucional, se dará por concluido su trámite.

Ávila afirmó que el ente electoral está en plena verificación de las preguntas del referéndum nacional. “Desde que recibimos la nota, empezó a correr el plazo. Está en revisión de una mesa técnica”.

Indicó que, probablemente, el caso de las preguntas del referéndum se trate esta jornada en la sala plena prevista para las 10.00. Además, la petición de un presupuesto adicional para el desarrollo del proceso.

Al anunciar la consulta, el 6 de agosto en Sucre, el presidente Arce sugirió que el referéndum se lleve a cabo el mismo día de las elecciones judiciales, fijadas para el 1 de diciembre. Si los procedimientos previos se cumplen a tiempo, el 1 de septiembre debiera será convocado dicho proceso.

Lea: El vocal Tahuichi señala que informe sobre referéndum debe reunir claridad, imparcialidad y precisión

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