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Tras la continuidad de las judiciales, exvocal Campero señala que se sentó un precedente indiscutible

Campero recordó que el instituto de la preclusión significa “esencialmente” que todas las etapas vencidas en un proceso electoral no pueden ser retrotraídas por ningún tipo de recurso.

‘Contribuirá favorablemente’: Sosa pidió a Almagro que Campero sea miembro de un tribunal de la OEA

El exvocal de la Sala Constitucional Primera de La Paz, Israel Campero, brinda una conferencia de prensa.

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Por Boris Góngora
La Paz / octubre 18, 2024
en Nacional

Tras la decisión de continuar con el proceso de las elecciones judiciales, el exvocal judicial y candidato en este proceso electoral Israel Campero indicó que se sentó un precedente indiscutible y que además se da certidumbre a la ciudadanía para la realización de los comicios el 1 de diciembre.

“Se ha restablecido el orden constitucional, la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz no podía actuar. Ha sido una decisión espectacular porque ha sentado un precedente indiscutible. Este hecho le genera certidumbre a la ciudanía porque el primero de diciembre, gracias a esta sabia decisión, estaremos en las urnas eligiendo a las máximas autoridades el Órgano Judicial”, indicó Campero.

El jueves, la Sala Constitucional Tercera de El Alto otorgó la tutela a Esteban Alavi, secretario ejecutivo de la Confederación Sindical de Comunidades Interculturales de Bolivia (CSCIB), e instó a la continuidad del proceso.

El pedido del dirigente intercultural se dio luego que, en pasados días, las salas constitucionales de Pando y Beni declararan desierta la elección de magistrados al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

Lea más: Sala Constitucional de La Paz ordena continuar el proceso de las elecciones judiciales

Una de las decisiones se dio luego que una candidata de Pando interpuso un amparo constitucional y afirmó que se la excluyó de la lista final por otras postulantes que no obtuvieron la calificación mínima. Asimismo, denunció que una de las habilitadas no residía en ese departamento, sino en Cochabamba.

El otro amparo, presentado por un postulante de Beni, señalaba que el candidato habría sido inhabilitado, pese a tener un puntaje elevado.

Campero recordó que el instituto de la preclusión significa “esencialmente” que todas las etapas vencidas en un proceso electoral no pueden ser retrotraídas por ningún tipo de recurso.

“La decisión de Pando y de Beni son decisiones que bien podían ser omitidas de parte del Tribunal Supremo Electoral. ¿Por qué?, porque en una de ellas jamás fue convocado y alguien que no es convocado a un juicio no puede obedecer sobre una decisión que no ha podido debatir”, indicó.

El 1 de diciembre, más 7 millones de bolivianos elegirán a 23 magistrados de los tribunales Supremo de Justicia, Agroambiental y Constitucional, y tres miembros del Consejo de Magistratura. En todos los casos, serán elegidos titulares y suplentes.

en tendencia: Elecciones judiciales

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