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Senado aprueba ley que recompone las funciones del TCP y TSJ y cesa a los magistrados ‘autoprorrogados’

En el artículo 4 se establece que el Tribunal Constitucional funcionará “únicamente, excepcionalmente y transitoriamente” con los cuatro magistrados electos el 15 de diciembre.

CNI

La Cámara de Senadores evaluará el proyecto de ley: Foto: Archivo

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Por Boris Góngora
La Paz / enero 8, 2025
en Nacional

La sesión ordinaria de la Cámara de Senadores aprobó, en grande y detalle, el Proyecto de Ley Excepcional de Conformación y Funcionamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que regula el funcionamiento de ambos tribunales, en tanto se realice el proceso de preselección y elección de los nuevos magistrados en los departamentos donde no se realizaron las elecciones judiciales el 15 de diciembre.

La norma también cesa de sus cargos a los magistrados que blindaron su “autoprórroga”, a través del Auto Constitucional 113/2024, del 11 de diciembre.

Este auto constitucional determinó “dimensionar” los efectos de la Declaración Constitucional Plurinacional 0049/2023, del 11 de diciembre de 2023, y resolvió que la prórroga de mandato de las autoridades en actual ejercicio en el TSJ y el TCP deben continuar hasta que se elija y posesione a las nuevas autoridades donde las convocatorias fueron declaradas desiertas.

“Habiéndose aprobado en sus dos estaciones en grande y detalle, y siendo la Cámara de Senadores cámara de origen queda aprobado el presente proyecto de ley y se remite a la Cámara de Diputados para fines constitucionales de revisión”, dijo el presidente de esa instancia legislativa, Andrónico Rodríguez.

Lea más: Una sentencia del TCP en 2024 ordena a la Asamblea modificar procedimiento para juicios de responsabilidades

El proyecto de ley que contiene cuatro artículos y una disposición única establece que “es de aplicación temporal mientras dure el proceso de preselección, elección popular y posesión de las nuevas autoridades” del TCP y TSJ en los departamentos que no se eligieron magistrados el 15 de diciembre.

Además, en su artículo 3, se “garantiza” el funcionamiento transitorio de la sala plena y las salas especializadas “únicamente con los siete magistrados” electos para el TSJ en las elecciones judiciales.

En el artículo 4 se establece que el Constitucional funcionará “únicamente, excepcionalmente y transitoriamente” con cuatro magistrados.

En su parágrafo dos menciona que “para el conocimiento y resolución de asunto en revisión de acciones constitucionales de defensa, por delegación” el TCP “constituirá dos salas presididas cada una por una presidenta o presidente. Cada sala estará compuesta por dos magistrados o magistrados”.

En su parágrafo cuarto, se establece que de forma “única, transitoria y excepcionalmente, la presidenta o presidente del TCP conformará de manear simultánea una de las salas”.

En los comicios del 15 de diciembre, que se desarrollaron de manera parcial, resultaron electos como nuevos magistrados del TCP: Ángel Edson Dávalos Rojas (Chuquisaca), Boris Wilson Arias López (La Paz), Paola Verónica Prudencio Candia (Oruro) y Amalia Laura Villca (Potosí).

En tanto, los magistrados que aún continúan en ejercicio de sus funciones de las elecciones judiciales de 2017 son Gonzalo Miguel Hurtado (Beni), René Yvan Espada (Pando), Julia Elizabeth Cornejo Gallardo (Tarija), Karem Lorena Gallardo Seja (Cochabamba) e Isidra Jiménez Castro (Santa Cruz).

En el TSJ continúan ejerciendo su mandato Ricardo Torrez (Pando) y Carlos Alberto Egüez (Beni).

El auto constitucional del TCP también es cuestionado por electos magistrados, quienes buscan mecanismos legales para dejar fuera de sus funciones a los “autoprorrogados”.

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