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Diputados aprueba la ley del debate electoral y la remite al Senado para su revisión

La norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecunaria impuesta por un juez electoral”.

Diputados aprueba la ley del debate electoral y la remite al Senado para su revisión

Sesión de la Cámara de Diputados.

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Por Boris Góngora
La Paz / marzo 27, 2025
en Nacional

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó la ley que establece la obligatoriedad del debate electoral público para los candidatos a los cargos de presidente, vicepresidente, gobernadores, ejecutivo regional y alcaldes, y la remitió a la Cámara de Senadores para su revisión.

La norma, con tres artículos y una disposición transitoria, modifica a la Ley 026 del Régimen Electoral sobre debate electoral público y obligatorio para candidatos a cargos públicos elegibles.

Su finalidad es garantizar que la ciudadanía conozca y analice las propuestas de los diferentes programas de gobierno, contribuyendo a un voto informado.

“Habiéndose aprobado el Proyecto de Ley 112/2024-2025 en sus dos estaciones, en grande y detalle, y siendo la cámara de origen, remítase a la Cámara de Senadores para fines constitucionales de revisión”, indicó el presidente de esa instancia camaral, Omar Yujra.

Lea más: Cámara de Diputados aprueba en su estación en grande la ley de debate electoral obligatorio

La ley obliga a los candidatos a dar a conocer y debatir las propuestas sobre los programas de gobierno de las organizaciones políticas y, de esa manera, “contribuir al voto informado” hasta los 15 días previos a la fecha de elección.

En caso de una segunda vuelta, los candidatos habilitados también deberán participar en un nuevo debate dentro de los 10 días anteriores a la fecha de la elección.

Asimismo, la norma establece que los candidatos deben participar de manera presencial y aquellos que incumplan con la obligación de participar incurrirán en una falta electoral, “cuya sanción será una multa pecunaria impuesta por un juez electoral”.

Según la norma, la sanción equivaldrá al costo económico pagado por la transmisión total del debate electoral. Sin embargo, también el candidato o la candidatura que incumpla con la obligación de participar en los debates electorales será sancionado con el retiro inmediato de la pauta publicitaria (cuña, spots y otros) en medios de difusión y masivos.

La propuesta normativa también garantiza la transmisión en vivo del debate, a través de los medios de comunicación estatales, cuyas señales radiales y televisivas serán puestas a disposición de los medios privados para su retransmisión gratuita

El procedimiento será aplicado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), conforme al reglamento que la entidad electoral emitirá en un plazo de hasta 60 días calendario, a partir de la publicación de la ley.

En noviembre de 2024, el TSE remitió a la Asamblea el proyecto de ley para que el debate electoral sea público y obligatorio en los futuros procesos electorales.

en tendencia: Cámara de Diputados Bolivia

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