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Electores que no votaron tendrán 30 días para solicitar su certificado de exención

Están excluidas de esta disposición las personas que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada.

Plazo para tramitar certificados de exención vence este martes en todo el país

Una ciudadana tramita el certificado exención en el TED Cochabamba.

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Por Boris Góngora
La Paz / octubre 20, 2025
en Nacional

El Tribunal Supremo Electoral (TSE) informó este lunes que los electores que no sufragaron el domingo por causa justificada podrán tramitar, dentro de los 30 días posteriores a la votación, el certificado de exención ante los tribunales electorales departamentales. Para iniciar este trámite deben presentar la documentación que respalde su impedimento.

La institución informó que el ciudadano que no puedo votar ayer por causas justificadas tuvo la opción de obtener el certificado de impedimento de sufragio en alguno de los puntos habilitados por los Tribunales Electorales Departamentales.

Recordó que, durante el día de la elección, en recintos urbanos y en las oficinas de los tribunales, los TED instalaron módulos automatizados para la expedición y entrega de estos certificados. Mientras que, en las áreas rurales, el documento fue preimpreso, con espacios para registrar manualmente los datos personales de la electora o el elector que no votó.

Según el artículo 154 de la Ley del Régimen Electoral (Ley 026), el certificado de sufragio es el único documento que acredita haber cumplido con la obligación del voto. Sin este certificado, los ciudadanos no podrán acceder a cargos públicos, realizar trámites bancarios ni obtener pasaporte durante los 90 días siguientes a la elección.

«Están excluidas de esta disposición las personas que no pudieron votar por caso fortuito o fuerza mayor comprobada, las mayores de 70 años y aquellas que acrediten haber estado fuera del territorio nacional el día de la votación», indicó a través de una nota de prensa.

Desde las primeras horas de este lunes, se registraron largas filas en inmediaciones de los Tribunales Electorales Departamentales para recabar el documento.

La presidenta del TED Santa Cruz, María Cristina Claros, recordó que las personas que no asistieron a la votación tendrán que pagar las multas correspondientes en el marco de la normativa.

“Recordemos que votar en Bolivia es obligatorio. Porque existe una multa para los ciudadanos no votantes consistente en un 20% de un salario mínimo nacional, la multa será Bs 550”, señaló.

Añadió que en el caso de los jurados que no se presentaron a sus mesas de votación, la sanción excede los Bs 1.300. “Para los jurados que no asistan es del 50% de un salario mínimo nacional, hablamos de Bs 1.375”, recalcó la autoridad.

en tendencia: noticiasTribunal Supremo Electoral-TSE

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