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TSJ instruye revisar detenciones preventivas vencidas y limitar su aplicación

Mediante un instructivo, el TSJ apunta a aliviar el hacinamiento carcelario en el país y el uso excesivo y arbitrario de la detención preventiva.

Arce

La cárcel del San Pedro de La Paz. (Foto: Defensoría del Pueblo)

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Por Erika Ibáñez
La Paz / mayo 29, 2026
en Nacional

La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) instruyó a jueces y tribunales penales de todo el país aplicar la detención preventiva solo de manera excepcional y revisar de inmediato los casos cuyo plazo ya haya vencido o en los que esta medida ya no esté justificada.

La determinación está en la Circular N° 01/2026 emitida el jueves y apunta a aliviar el hacinamiento carcelario en el país y el uso excesivo y arbitrario de la detención preventiva.

El TSJ señaló que esta decisión responde a la necesidad de garantizar el debido proceso, evitar prolongaciones indebidas de la privación de libertad y contribuir institucionalmente a disminuir la sobrepoblación penitenciaria.

La Circular resalta que el juez será responsable de controlar de oficio la excepcionalidad, legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad de los requerimientos.

Según el documento, la libertad debe ser la regla y la privación cautelar de libertad constituye una excepción, conforme a la Constitución Política del Estado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Código de Procedimiento Penal.

Lea más: TSJ y jueces de Santa Cruz defienden independencia judicial

Resoluciones

Asimismo, la circular establece que, al momento de resolver medidas cautelares personales, los jueces deberán realizar un análisis estricto de legalidad, necesidad, proporcionalidad, racionalidad y excepcionalidad. Además, deberán fundamentar sus resoluciones con argumentos concretos, evitando criterios genéricos o valoraciones abstractas sobre riesgos de fuga u obstaculización.

Además, dispone priorizar medidas cautelares menos gravosas y el uso del sistema tecnológico ROMA–ARGO, una herramienta biométrica, geolocalizada y telemática de supervisión judicial que permite controlar medidas alternativas sin necesidad de encarcelamiento preventivo.

La Sala Plena instruyó a las autoridades judiciales ejercer control permanente de oficio sobre las causas que dieron origen a la detención preventiva y revisar inmediatamente aquellos casos cuyo plazo haya concluido. En estos casos, se deberá disponer sin demora la cesación de la medida y aplicar alternativas menos restrictivas.

El documento está firmado por el presidente del TSJ, Romer Saucedo.

en tendencia: Carcelesdetención preventivasjuecesnoticiasTSJ

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