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TCP restituye personería de Falange y avala a Richter como representante

La Sentencia Constitucional Plurinacional 0994/2026-S1 confirmó un fallo de amparo, dispuso la habilitación inmediata del partido político

TSE

El Tribunal Supremo Electora, en La Paz. Foto: Archivo

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Por Mauricio Diaz Saravia
La Paz / junio 30, 2026
en Nacional

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ordenó al Tribunal Supremo Electoral (TSE) restituir de manera inmediata la personería jurídica de la Falange Socialista Boliviana (FSB) y reconocer a Otto Andrés Ritter Méndez como su representante legal, tras confirmar un fallo de amparo constitucional emitido en 2024.

La determinación está contenida en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0994/2026-S1, dictada el 23 de junio de 2026 por la Sala Primera Especializada del TCP, dentro de una acción de amparo promovida por Otto Andrés Ritter Méndez contra los exvocales del TSE Nelly Arista Quispe, Nancy Gutiérrez Salas, Yajaira San Martín Crespo, Francisco Vargas Camacho y Tahuichi Tahuichi Quispe.

Decisión

En su parte resolutiva, el Tribunal Constitucional decidió confirmar íntegramente la Resolución 12 de 8 de agosto de 2024, pronunciada por el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Roboré, departamento de Santa Cruz.

Asimismo, dispuso «conceder la tutela solicitada» y ordenó la «inmediata habilitación sin trámite alguno del partido Falange Socialista Boliviana, reconociendo al accionante como su representante legal».

La sentencia aclara, además, que esa decisión «no afecta ni modifica los derechos de otros partidos políticos ya reconocidos».

Conflicto

De acuerdo con los antecedentes del proceso, Ritter solicitó al TSE fotocopias legalizadas y certificaciones sobre la personería jurídica de la Falange Socialista Boliviana. Según el documento constitucional, esa documentación confirmó que la organización política había sufrido una modificación en su nombre, sigla, colores y símbolos.

Con esos antecedentes, el accionante promovió un recurso extraordinario de revisión solicitando la nulidad de resoluciones emitidas por la entonces Corte Nacional Electoral, al considerar que los cambios efectuados eran contrarios al ordenamiento jurídico.

Posteriormente, el Tribunal Supremo Electoral emitió una resolución rechazando su petición, decisión que motivó la presentación de la acción de amparo constitucional.

Otto Ritter

Además de confirmar el fallo favorable al accionante, el TCP resolvió devolver a la autoridad remitente las denuncias por presunto incumplimiento y sobrecumplimiento relacionadas con el expediente para que adopte las determinaciones correspondientes.

La Sala Primera Especializada también llamó la atención al juez de garantías, Héctor Yabeta Alba, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Roboré, debido a observaciones detectadas durante la revisión del caso.

En la sentencia, el Tribunal lo exhorta a cumplir debidamente sus funciones y hace referencia al «grosero retraso incurrido en la remisión para revisión» del expediente constitucional.

Con esta decisión, el Tribunal Constitucional deja firme el amparo concedido en favor de Otto Ritter y ordena la restitución inmediata de la personería jurídica de la Falange Socialista Boliviana, así como el reconocimiento del accionante como representante legal de esa organización política.

 

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