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Proceso civil en el norte

El proceso civil busca la reparación de daños a las víctimas de la masacre. Los cargos que plantea son la ejecución extrajudicial y graves violaciones a los derechos humanos. Si bien el caso fue rechazado anteriormente por otro magistrado, la actual aceptación de Cohn se basa en que los alegatos de los demandantes muestran, dice, la “responsabilidad de mando”, política.

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La Paz / junio 15, 2014
en Animal Político

El 20 de mayo, el juez en Fort Lauderdale, condado de Broward, Florida, Estados Unidos, James Cohn, resolvió autorizar la continuación del proceso civil contra el expresidente  Gonzalo Sánchez de Lozada y el exministro de Defensa Carlos Sánchez Berzaín, instaurado en el país del norte por familiares de fallecidos en la crisis de octubre de 2003.

El proceso civil busca la reparación de daños a las víctimas de la masacre. Los cargos que plantea son la ejecución extrajudicial y graves violaciones a los derechos humanos. Si bien el caso fue rechazado anteriormente por otro magistrado, la actual aceptación de Cohn se basa en que los alegatos de los demandantes muestran, dice, la “responsabilidad de mando”, política, de ambas exautoridades en la masacre de octubre en el occidente del país.

Un dato peculiar de la autorización del juez Cohn es que acepta el argumento de los demandantes de que ambos personajes tuvieron una abierta actitud de represión letal contra la ciudadanía movilizada en 2003, una estrategia de “estado de guerra” contra los manifestantes; bloqueadores de caminos, marchistas y gente que protestaba en general, a la que considerada “subversiva”. Es más, toma como cierta la hipótesis de los demandantes en sentido de que las exautoridades habrían previsto la represión letal, con cálculo de número de muertos inclusive, desde su campaña electoral, antes de asumir el poder en junio de 2002. 

En la línea de justificar la acción represiva contra los movilizados, el Poder Ejecutivo de entonces incluso llegó a hablar de la existencia de grupos guerrilleros que habrían estado dirigiendo la subversión; de aquí su defensa: con la represión solo se estaba defendiendo el Estado de derecho. Pero he aquí un detalle al que acuden los demandantes. La responsabilidad de las muertes de octubre, no solo es por haberlas causado, sino también por no haberlas evitado cuando se pudo. Un elemento jurídico clave en la acusación.

El editor

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