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El teleférico y las competencias ediles y nacionales

Se debe pensar en un sistema que articule distintos modos de transporte; sin embargo, existen formas adecuadas de hacerlo, que contemplen una planificación integral y una visión conjunta que busque solucionar el problema, respetando la normativa y la Constitución.

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Por Ignacio Daleney Céspedes
/ julio 12, 2015
en Animal Político

El actual régimen autonómico otorga la posibilidad de autolegislar a los gobiernos subnacionales, pero, ¿sobre qué puede legislar? La respuesta pasa por la consagración de un ámbito de asuntos propios denominados competencias, sobre las cuales cada entidad subnacional puede diseñar un marco legislativo y ejecutivo. Bajo esta línea, el marco constitucional vigente establece cuatro tipos de competencias: las privativas: aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega y están reservadas para el nivel central del Estado; las exclusivas: aquellas materias competenciales sobre las que un nivel de gobierno tiene facultad legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas; las compartidas, que son aquellas materias sujetas a una legislación básica por parte del nivel central y a una legislación de desarrollo que le corresponde a las entidades territoriales autónomas, y las concurrentes: que son aquellas materias cuya legislación le corresponde al nivel central del Estado y las facultades reglamentaria y ejecutiva la ejercen de manera simultánea los otros niveles.

La teoría sobre descentralización también propone que, dentro de la asignación de materias competenciales exclusivas, existen dos dimensiones potestativas: la legislativa y la administrativa, dentro de esta última existen cuatro tipos de funciones, la de reglamentar, la de planificar, la de operar y la de supervisar. Ambos elementos, el constitucional y el teórico, especifican una delimitación de funciones, es decir quién hace qué.

De manera que la Constitución Política del Estado delimita las materias competenciales de cada entidad territorial autónoma y bajo estos términos el transporte urbano es una materia competencial exclusiva del nivel local o municipal. Lo cual significa que sobre esta materia, el nivel local tiene la facultad de legislar y administrar, lo que le habilita a planificar, reglamentar, operar (ejecutar) y supervisar; sin embargo, el nivel central interpreta de otra manera la asignación competencial, ya que se atribuye a sí mismo la función competencial de planificar e implementar un sistema de transporte urbano en el municipio de La Paz, el cual no solo estaría buscando convertirse en la solución al problema de transporte, sino también se pretendería —en caso de un eventual sistema articulado e integrado de transporte— constituir al transporte por cable como el eje central del transporte urbano, lo cual implicaría un diseño de rutas que estén dedicadas a alimentar al transporte por cable; con lo cual se le quitaría una parte de la facultad administrativa al nivel municipal, fundamentalmente la de planificar y desarrollar el transporte urbano.

Por otro lado, si bien las líneas Amarilla y Verde encajan dentro de la competencia exclusiva de transporte urbano, la Línea Roja conecta a La Paz con El Alto; en este caso, la competencia ya no sería municipal pero tampoco es departamental porque El Alto y La Paz están en la misma provincia y para que lo sea debiera conectar a dos provincias.

Entonces, el razonamiento que utiliza el gobierno central para atribuirse dicha competencia es extraído de la declaración del teleférico como obra pública de infraestructura de interés del nivel central del Estado, lo cual sí le corresponde como competencia exclusiva; de hecho, la Ley 261 “construcción, implementación y administración del sistema de transporte por cable (teleférico) en las ciudades de La Paz y El Alto” se basa en el mismo sustento. 

Lo que no se dijo sobre la construcción de las nuevas líneas de la empresa de transporte por cable Mi Teleférico es que implican una postura totalmente opuesta a lo que reza la Constitución y al planteamiento teórico mencionado anteriormente, pues el gobierno central a partir de la implementación del teleférico, más allá de que sea declarada una obra de interés nacional, pretende atribuirse competencias que no le corresponden, con lo cual estaríamos frente a un tema de sobreposicionamiento competencial por parte del gobierno central; lo cual creo es consecuencia de dos elementos: en primer lugar, el nivel central no termina de entender la lógica subnacional y descentralizadora del actual diseño estatal, quizás no sabe las implicaciones de estas incoherencias y lo hace de manera intencional con la idea de generar protagonismo político para atraer mayores adeptos y mostrarse como el único capaz de solucionar el problema de transporte; y, en segundo lugar, la carencia de vocación autonómica de las entidades territoriales autónomas y del gobierno central.

La idea de generar mayor protagonismo político por parte del nivel central ocasiona que se sobrepongan funciones, sin importar la asignación constitucional; esto hace que, al sobreponerse a nivel competencial, también se sobrepongan intereses políticos por sobre los intereses de una gestión pública que obedezca a los mandatos constitucionales y que esté más cerca de los ciudadanos en tanto y cuanto éstos son los beneficiarios de bienes y servicios que garanticen una mejor calidad de vida.

En cuanto a la vocación autonómica, no solo se evidencia una intención del nivel central de sobreponerse en materias competenciales que no le corresponden, sino que también devela una falta de vocación autonómica por parte del gobierno municipal, ya que cualquiera sea la línea política que tengan éstos y así sea que se encuentren en un proceso transitorio, están en la obligación de hacer prevalecer los principios autonómicos que rigen la nueva estructura estatal, y no permitir que prevalezcan intereses políticos ni mucho menos intereses temporales por encima de delimitaciones consagradas en la Constitución.

Por último, hay que mencionar que el actual Gobierno Municipal de La Paz no está en contra de la construcción de las nuevas líneas del teleférico, como creo que ningún ciudadano lo esté, pues el problema de transporte en la ciudad debe ser atendido con una visión integral, ya que a la larga se debe pensar en un sistema que articule distintos modos de transporte, con el objetivo de brindar un mejor servicio para todos; sin embargo, existen formas adecuadas de hacerlo, formas que contemplen una planificación integral y una visión conjunta que busque solucionar el problema, sin importar que existan posturas políticas divergentes; pero sobre todo se lo debe hacer respetando la normativa y la Constitución.

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