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Auditoría al Padrón Electoral

Hay mucho por revisar y corregir del Padrón Electoral; lo que extraña es que una vez más el TSE está actuando con puertas cerradas, sin abrir esta auditoría a la participación de las organizaciones políticas vigentes y de las redes ciudadanas de transparencia electoral.

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Por Óscar Ortiz Antelo es senador y secretario general del Movimiento Demócrata Social.
/ mayo 21, 2017
en Animal Político

Finalmente, se ha anunciado que una misión de la Organización de Estados Americanos (OEA) realizará la auditoría del Padrón Electoral boliviano. Esta es una buena noticia que atiende una demanda ampliamente compartida por la ciudadanía, registrada en todos los informes de las Misiones de Observación Electoral (MOE) de los últimos procesos electorales. Sin embargo, es fundamental que las organizaciones políticas y las redes ciudadanas que han velado por la transparencia electoral en anteriores elecciones, puedan nombrar delegados técnicos que tengan acceso, tanto a la auditoría del Padrón como a la auditoría del sistema informático.

Esta apertura y transparencia es un componente fundamental para que este proceso tenga credibilidad y alcance la confiabilidad que los procesos electorales requieren, fortaleciendo así nuestra democracia. La misión técnica de la OEA es muy importante, pero no es suficiente en un escenario de tanta desconfianza de la ciudadanía y de las organizaciones políticas de oposición hacia el Tribunal Supremo Electoral (TSE).

Esta desconfianza no es gratuita. El Padrón Electoral no ha sido verificado desde que se desarrolló el Padrón Biométrico en 2009, y desde entonces los errores en sus registros han sido evidentes. El anterior Tribunal Supremo Electoral tuvo que renunciar en su totalidad en 2015 por su evidente parcialización con el partido de gobierno, el Movimiento Al Socialismo (MAS). El actual TSE tiene entre sus miembros algunas personas notoriamente afines al MAS, así como exfuncionarios del actual Gobierno. El sistema informático fue desarrollado por la misma empresa que trabajó para el régimen de Hugo Chávez, en Venezuela, y nunca ha tenido una auditoría con la participación de técnicos independientes o de las organizaciones políticas de la oposición democrática.

Igualmente, el cambio en la Ley electoral, restringiendo el acceso de las organizaciones políticas al Padrón Electoral, limitándolo solo al conocimiento de las estadísticas del mismo ha sido un golpe que ha afectado sustancialmente la posibilidad de verificación independiente, lo cual merece una urgente reforma legislativa, que vuelva a abrir el Padrón Electoral a la verificación y escrutinio plural, frente al actual hermetismo con el que lo maneja el TSE.

Así, mientras el anterior Código electoral establecía en su artículo 83, Publicidad y Acceso al Padrón Electoral, que “La base de datos del Padrón Electoral es de orden público. Los Partidos Políticos, agrupaciones ciudadanas y pueblos indígenas con personalidad jurídica vigente para fines electorales podrán acceder al Padrón Electoral, en medios informáticos, con el solo propósito de que puedan acceder a la información con fines electorales exclusivamente, no pudiendo en ningún caso alterar los contenidos del mismo”, y el artículo 23 de la Ley electoral transitoria de 2009, definía que “El Padrón Electoral deberá ser puesto a consideración del control ciudadano hasta el cierre del Padrón Electoral, de tal forma que los electores puedan ratificar o corregir sus datos para su inclusión en el Padrón. Los partidos políticos, agrupaciones ciudadanas, pueblos indígenas y alianzas con personalidad jurídica vigente, para fines electorales, podrán acceder al Padrón Electoral de manera directa, así como participar en la realización de auditorías que garanticen la transparencia de los procesos electorales…”, la actual Ley del Órgano Electoral en su artículo 79 establece que I. La información estadística del Padrón Electoral es pública. Las organizaciones políticas podrán solicitar una copia digital de la misma al Servicio de Registro Cívico”.

Sintomáticamente, la Ley 026, actualmente vigente, no contempla ninguna disposición relacionada con la publicidad y acceso al Padrón Electoral. El TSE, solo entrega información estadística como el número de habilitados, de mesas, recintos, etc., vedando el acceso a la identidad de los votantes que conforman el Padrón Electoral. Esta situación fue observada por la Misión de Observación Electoral de la OEA que acompañó el referéndum constitucional de 2016, la cual en su informe indica que se considera importante que las fuerzas políticas tengan acceso al Padrón Electoral.

En los procesos desarrollados desde 2009 en adelante, las principales quejas ciudadanas sobre el Padrón han sido: la existencia de miles de ciudadanos difuntos habilitados para votar (algo que se comprueba fácilmente, por ejemplo, con la cédula de identidad de un familiar fallecido), cédulas de identidad duplicadas (lo que permite la suplantación de identidad), ciudadanos que han cumplido el trámite de inscripción o que han votado en anteriores elecciones y que no encuentran su nombre habilitado para sufragar en el siguiente comicio, personas que acuden al centro de votación donde participaron en anteriores procesos y toman conocimiento de que han sido trasladadas a otros recintos e incluso a otras localidades (sin aviso previo), sin que les sepan informar a cual, lo que causa muchos problemas tomando en cuenta que el día de la elección no se pueden utilizar vehículos motorizados para movilizarse. También, hubo muchos ciudadanos que han sufrido la alteración del orden de sus apellidos en el Padrón Electoral, por lo que no los encontraban en los listados y/o no les permitieron votar.

Entre otras observaciones sobre los procedimientos seguidos por el TSE y vinculados con el Padrón Electoral, se pueden destacar: la ausencia de delegados electorales de las organizaciones políticas cuando se abre el Padrón Electoral, el sorteo de jurados electorales de un Padrón que no ha sido depurado, la falta de control del Órgano Electoral sobre los horarios de atención y el servicio prestado por los notarios electorales, la no inclusión de la edad de votar en el sistema de notarías electorales, la ausencia de control electoral en el Segip (Servicio General de Identificación Personal) y la designación de jueces electorales sin la capacitación adecuada para resolver conflictos, tanto en los recintos como en el Órgano Electoral (la mayoría tiene una evidente afinidad política con el partido del Gobierno nacional).

Otro problema es la discrecionalidad con la cual actúa el TSE y su falta de capacidad comunicacional o de voluntad de informar debidamente a la ciudadanía y a las organizaciones políticas de todos los cambios que se van realizando en la organización y ejecución del proceso electoral, así como de las modificaciones en registros públicos y otras entidades cuyas acciones tienen efectos en el Padrón Electoral.

Un tema también que se debe verificar es la falta de información de lo que sucede con las inscripciones en cuarteles militares, dadas las denuncias de presiones que se realizan sobre las fuerzas militares para que sus efectivos incidan en la votación, especialmente en lugares poco poblados. Igualmente, no existe control ni transparencia sobre el trabajo que realizan equipos móviles del Padrón Biométrico, especialmente en áreas cercanas a comunidades indígenas o campesinas, en las cuales se genera acarreo de votantes y se atenta contra la libertad individual de decisión sobre el voto, en aras del “voto comunitario”.

Como se puede apreciar, hay mucho por revisar y corregir; lo que extraña es que una vez más el TSE está actuando con puertas cerradas, sin abrir esta auditoría a la participación de las organizaciones políticas vigentes y de las redes ciudadanas de transparencia electoral.

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