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El recurso se basa en la jurisprudencia

El legislador defiende el recurso del MAS planteado para habilitar al presidente Morales como candidato a la reelección.

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Por Javier Zavaleta es diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS)
/ octubre 18, 2017
en Animal Político

El recurso presentado por el MAS es un derecho que cualquier ciudadano puede solicitar al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) y el que se hainterpuesto plantea la inconstitucionalidad abstracta de los artículos 52 (numeral 3), 64 (inciso d), 65 (inciso b), 71 (inciso c) y 72 (inciso b) de la Ley 026 del Régimen Electoral, así como la inaplicabilidad de los artículos 156, 168, 285 (parágrafo segundo) y 288 de la Constitución Política del Estado (CPE) por ser contrarios a los artículos 26 y 28 de la misma Carta Magna y por no guardar concordancia con la Convención Americana sobre Derechos Humanos o también llamado Pacto de San José de Costa Rica.

El instrumento busca restituir los derechos políticos de las autoridades electas por voto directo y que fueron reconocidos a través del Pacto de San José de Costa Rica.

En los últimos años, el constitucionalismo y la forma de ver los derechos de las personas ha evolucionado así como el hecho de que no haya ningún tipo de restricción para que el pueblo elija a sus candidatos y que cualquier persona pueda ser habilitada como postulante para asumir un cargo público, más allá de que haya estado en ese puesto antes.

Y por eso apelamos a esa alternativa que ya tiene antecedentes como el caso de Costa Rica, Nicaragua y Honduras, países que viabilizaron nuevas repostulaciones presidenciales con sentencias judiciales que tomaron en cuenta el Pacto de San José. Esta jurisprudencia avala el recurso presentado por el MAS.

Los tribunales fallaron a favor de que los candidatos puedan postularse a cargos públicos más allá de que hayan estado en cargos electos de gobierno en los últimos años y con estos antecedentes nosotros optamos por plantear este recurso amparados en esta nueva forma de ver los derechos en el mundo. Con estos precedentes, cualquier entidad como el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) actuará en consecuencia de este razonamiento.

En el caso de Costa Rica, en 2003 y mediante sentencia 2771 de la Corte Suprema de Justicia, se anuló una reforma parcial constitucional de 1969 que prohibió en forma total la reelección de sus mandatarios.

En Nicaragua, en 2010, mediante sentencia número 06 de la Corte Suprema de Justicia, se anularon dos artículos de su ley ulterior que prohibían, primero, una repostulación inmediata o una tercera discontinua de mandatarios y alcaldes. Entretanto, en Honduras, una sentencia de su Corte Suprema de Justicia del 22 de abril de 2015 dejó sin efecto dos artículos de su Constitución que prohibían la reelección, y su promoción, de los gobernantes.

Ahora, respecto a la denuncia que presentaron los opositores ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra el presidente Evo Morales, el vicepresidente Álvaro García y los magistrados del TCP por una supuesta violación de derechos políticos de los bolivianos, y por tanto del Pacto de San José, al plantear un recurso para la repostulación solo tienen razón en que ese organismo internacional puede intervenir en una disputa de este tipo, así como ver el alcance de los artículos de la Constitución y del propio Tribunal Constitucional.

Sin embargo, los opositores desconocen que la CIDH no puede analizar este recurso sin que antes un tribunal boliviano emita un fallo respecto a dicho instrumento legal pues es una instancia de apelación, a la cual están en todo su derecho de acudir cuando sea pertinente. Pero, es un camino errado que asumieron.

En ese sentido, creo que los opositores pretenden presionar a la comunidad internacional para que se pronuncie en contra del recurso interpuesto para la reelección del presidente Morales, sin argumentos.

Pese a este contexto, nosotros estamos confiados en que el fallo del Tribunal Constitucional así como el de los organismos internacionales sean favorables debido a que no existen argumentos para restringir los derechos políticos con toda la jurisprudencia y precedentes que hay.

Dentro del Movimiento Al Socialismo existen líderes políticos, pero no hay un liderazgo fuerte como el del presidente Morales, que es una garantía para seguir avanzando y asegurar la unidad, la estabilidad económica, social y política, con una visión a largo plazo hasta el año 2025. Y esos son los factores los que nos impulsan a seguir planteando la candidatura del Mandatario.

en tendencia: basajurisprudenciarecurso

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