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Urge gestión política ante la OEA

La interpretación que emita la CIDH resolvería en definitiva este problema que amenaza quebrantar el estado de derecho en Bolivia.

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Por Karen Longaric
La Paz / octubre 18, 2017
en Animal Político

Las acciones promovidas ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), por un grupo de legisladores oficialistas, en procura de aprobar la reelección indefinida del binomio presidencial plurinacional, han dado lugar a una fuerte confrontación entre la oposición y el oficialismo. La situación es extremadamente delicada y se avizoran días muy difíciles para Bolivia si el MAS persiste en su proyecto inconstitucional y si la oposición no es capaz de confrontar políticamente el descomunal atropello contra la institucionalidad del Estado boliviano y ofrecer al pueblo una alternativa remozada.

Es improbable la posibilidad de frenar mediante mecanismos legales internos los cambios constitucionales que impulsa el MAS. Al parecer, las instituciones e instancias jurídicas han sido completamente cooptadas. Por esa vía resulta utópico resistir la pretendida inaplicabilidad del artículo 168 de la Constitución Política del Estado (CPE). Y si pensamos activar la maquinaria internacional, esto tampoco es muy alentador después de la experiencia vivida con Venezuela. La efectividad de los procedimientos jurídicos y dispositivos políticos previstos en el sistema interamericano está seriamente cuestionada, los órganos de la Organización de Estados Americanos (OEA) han mostrado una manifiesta lenidad e inoperancia que ha contribuido a prolongar la crisis venezolana, sin visos de solución.

La semana pasada, las redes sociales y la prensa se refirieron ampliamente a las acciones desplegadas por el oficialismo y también a las gestiones realizadas por la oposición, en diferentes instancias orgánicas de la OEA. Enorme incomodidad ha producido en los bolivianos la insubstancial alocución de los personeros del Gobierno en el seno del Consejo Permanente de la OEA. Intentaron infructuosamente justificar la manipulación de las normas y de los procedimientos constitucionales y la incorrecta aplicación del artículo 23 del Pacto de San José.

Todo en pos de su irrefrenable determinación de aprobar, con carácter indefinido, la reelección del Presidente y del Vicepresidente.

La oposición a su vez, se apersonó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA y presentó una denuncia por violación a los derechos políticos de los bolivianos. Acusó a las instancias gubernamentales de vulnerar el voto expresado en el referéndum del 21 de febrero de 2016. Argumentó que la acción —gestada por el Gobierno— ante el TCP encaminada a declarar la inaplicabilidad del artículo 168 de la Constitución, infringía la esencia misma del derecho al voto y el incuestionable resultado del referéndum jurídicamente consolidado.

Probablemente lo más fructífero hubiese sido que la oposición realice gestiones encaminadas a que la CIDH o la Secretaría General de la OEA, o un tercer Estado, soliciten a la Corte Interamericana —con carácter perentorio— la interpretación del artículo 23 del Pacto de San José y su opinión acerca de la compatibilidad entre dicho artículo y el artículo 168 de la Constitución boliviana.

Un pronunciamiento de la CIDH sobre estos extremos tendría fuerza vinculante para el Gobierno, que se vería inhibido de proseguir con su propósito de eludir la indefectible aplicación del artículo 168 de la CPE, que solo permite la reelección por una sola vez de manera continua.

La interpretación sobre el alcance de los tratados en materia de derechos humanos se sustenta en una serie de principios, entre ellos el de la efectividad. Sobre este principio, el profesor Antonio Augusto Cancado Trindade, expresidente de la CIDH y actual juez de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, manifestó: “El principio de la efectividad abarca las normas tanto sustantivas como procesales de los tratados de derechos humanos y el carácter objetivo de las obligaciones de protección y la noción de garantía colectiva subyacente a tales tratados, tienen primacía sobre restricciones adicionales emanadas del Estado individual”.

La interpretación y opinión que emita la CIDH resolvería en definitiva este problema que amenaza quebrantar el estado de derecho en el país. Todo dependerá de cuán efectivas sean las gestiones que efectúe la oposición en esferas internacionales para lograr el concurso oportuno de la Corte de Derechos Humanos. El momento es crucial y la oposición encara dos desafíos, por una parte medir su fuerza política frente al oficialismo, y por otra demostrar el reconocimiento e influencia que posee en las esferas internacionales. Ambas credenciales son necesarias para constituirse en una alternativa democrática para el pueblo boliviano.

  • Karen Longaric es profesora de Derecho Internacional de la UMSA

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