Cinco fueron los minutos que el presidente del Tribunal Supremo de Justicia, José Antonio Revilla Martínez, le dedicó al bien público y jurídicamente protegido, como es la información, poniendo en conocimiento público que ya tiene funcionando tres meses atrás la Agencia Judicial de Noticias (AJN), para una relación directa hacia el destinatario-pueblo, a quien le deben rendir cuentas, señaló.
La información y la comunicación están constitucionalizadas, como derechos, parte de la libertad de expresión que es inherente al ser humano-no exclusivo de nadie. Comunicacionalmente, la humanidad evolucionó en función de sus necesidades de multiplicación en millones de millones, que en paralelo desarrollaron tecnología para estar en contacto, cada vez más en tiempo real; así contamos con tecnologías de comunicación, donde están los medios masivos, que por haberse globalizado, también por el modo capitalista liberal-neoliberal de las formas de vida y administración de bienes comunes, estos tienen propietarios, que son sujetos del derecho de empresa que mercantilizan-monopolizan la gestión de la información.
Esos medios y su tecnología han requerido de operadores u obreros no solo de máquinas, sino de la palabra, y éstos son: los dueños de los medios, los administrativos y los trabajadores de la prensa o periodistas, que tienen el derecho de prensa. En Bolivia, 95% de los medios de comunicación estaba en manos privadas, por lo que el acceso era limitado no solo a su administración, sino al pueblo, que tiene derecho a recibir y generar información; además, acceder a información de la administración pública era un privilegio para pocos: quienes contasen con tecnología, poder formal de ser autoridades, y/o periodistas.
Desde la instauración del Gobierno de la Revolución Democrática y Cultural se materializó la ampliación de derechos, la democratización de bienes comunes y la transparencia institucional a través del acceso directo a la información, aspecto que deben garantizar las y los servidores públicos, electos o designados, como los de la administración de justicia. Esto generó resistencia de los propietarios de medios y sus actores. Habrá que hacer notar que históricamente estos propietarios han sido actores políticos, si no directamente, a través de sus líneas editoriales, enfoques y posicionamientos ideológicos; de último, en el país hay medios que dan línea discursiva a los opositores, antes privilegiados y detentadores de los bienes de la patria.
Si los valores humanos y la ética periodística estuviesen encarnados en los gestores de medios masivos, las palabras interpeladoras del presidente del Órgano Judicial no hubiesen generado incomodidad y menos un sentimiento de ofensa o ataque, porque el anuncio de una AJN:
1. Amplía el mercado laboral para profesionales de la comunicación y el periodismo;
2. Llama a procurar la especialidad en la cobertura, como el periodismo judicial (al parecer, también quedó archivado en cajones del gremio el Estatuto Orgánico del Periodista, que se quedó en decreto cuando lo que se buscaba era una ley, a propósito de la profesionalización; 3. Sin particularizar, gran parte de los titulares refleja una generalización al momento de chantarse el guante de “tergiversadores, manipuladores”, etc. cuando el máximo representante de la administración judicial se refirió a algunos, a veces, etc.
La Constitución dice que la justicia emana del pueblo, por esta razón se elige a sus administradores y éstos se deben al pueblo; el Órgano Judicial tiene la obligación de garantizar el acceso a la información y la comunicación, por lo que la AJN es un mero cumplimiento de ese mandato. Periodísticamente hablando, la fuente directa dará seguridad también en el manejo de terminología.
La política de cero tolerancia a la corrupción, más que discurso es un mandato, ya que toda entidad pública tiene entre sus principios, por ley, generar una gestión transparente, para lo cual la información es crucial y que a partir de ello el control social también sea directo y efectivo.
Llamo a no perder de vista sobre que el Estado tiene la obligación de democratizar los bienes comunes o públicos, en este caso la información y la comunicación, que en lo relativo a la AJN, el Tribunal Supremo de Justicia está materializando, para que la pluralidad de medios y la información directa estén a disposición de la población y se la lea directamente; en este caso, como fuente de origen, por lo que la comunicación institucional se fortalecerá, de ser correctamente operativizada y gestionada, potenciando el Estado de Derecho.






