El presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce, sugirió debatir los derechos sexuales de menores en otra ley, tras la polémica que surgió por la sanción de las Reformas al Código Penal para la Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes, que deja exentas de penas a las relaciones sexuales entre menores.
«Que está bien o está mal (el artículo 15) es un tema de debate. Que haya que reformarla, estamos dispuestos a hacerlo, pero no es el tema de esta ley (de reformas al Código Penal). Ésta endurece las penas a los que cometen delitos contra los niños», dijo anoche el proyectista de la norma en el programa No mentirás, de la red PAT.
El jueves por la noche, el pleno de la Cámara de Diputados sancionó la Ley de Reformas al Código Penal y se generó la polémica por el artículo 15 que deja sin sanción relaciones sexuales consensuadas entre adolescentes de más de 12 años.
El legislador manifestó que «si es necesario plantear una ley que haga un nuevo diseño legal sobre los derechos sexuales de los niños, hay que hacerlo» y aclaró que si se requiere modificar la Ley de Reformas, se lo hará, pero se tendrá que considerar que la norma sancionada el jueves sólo es para endurecer las penas.
Tras la sanción de la norma, asambleístas de la oposición y representantes de los padres de familia expresaron su rechazo por el artículo. Incluso se anunció movilizaciones.
Arce aclaró que el segundo párrafo del artículo observado ya estaba en la legislación penal desde hace 11 años. «Si alguien quiere reclamar ese artículo que lo haga al general (Hugo) Banzer, que lo aprobó hace 11 años, el 29 de octubre de 1999. Lo que nosotros hemos hecho es mantener el léxico del Código Penal, pero lo que se ha hecho es endurecer las penas», dijo.
Observaciones. La diputada de la oposición Norma Piérola manifestó que la norma sancionada y que ahora espera la promulgación del presidente Evo Morales, «no es una política preventiva, simplemente agravaron las sanciones de lo que ya estaba legislado y por si fuera poco metieron de contrabando (sic) el artículo en el Código Penal».
La asambleísta denunció que en el debate del documento no se tomó en cuenta las observaciones de la Brigada de Protección a la Familia y de la Oficina Jurídica de la Mujer. «De aquí en adelante voy a introducir otra ley modificatoria. La próxima semana presentaré la modificación a la Ley de Reformas», anunció.
El dirigente de la Federación de Padres de Familia del departamento de La Paz, Franklin Gutiérrez, anunció que para la semana que viene se convocará a una asamblea para analizar el artículo 15. «De inicio rechazamos este artículo y no podemos permitir este tipo de leyes que vulneran y dan absoluta libertad para cometer estos errores. Va a ser inaudito que niños de 14 años estén en estado de gestación en las unidades educativas», indicó.
El representante del Defensor del Pueblo de El Alto, José Luis Hidalgo, expresó su preocupación por un posible aumento de la promiscuidad, embarazos no deseados y abortos.
En tanto, tras insistir que el objeto de la ley es el de «endurecer las penas a los violadores de menores», el presidente de la Cámara de Diputados aclaró que el artículo de la discordia fue aplicado por muchos años por jueces y abogados. «Ni siquiera nadie se dio cuenta», admitió. «Seguramente hay otras leyes que están mal, revisemos, hagamos una nueva ley, redefinamos los derechos sexuales, pero eso no es objeto de esta ley, es para proteger a los niños, tiene veintitantos artículos y uno es sobre el tema sexual».
El ex defensor del Pueblo, Waldo Albarracín, reclamó que al endurecer las sanciones contra agresores de niños, la Asamblea no modificó el artículo l5 , «cuando se lo pudo hacer».
Artículo 15 de la norma
(Modificación al artículo 308 Bis del Código Penal) Segundo párrafo «quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de doce años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de un (1) año, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación».
Dos posiciones
Juan Carlos Cejas: ‘Será para casos excepcionales’
«Un artículo similar al 15 está vigente desde 1999, cuando anteriores legisladores hicieron modificaciones al Código Penal y se estableció la protección a menores de 16 años que no son sujetos de sanción penal. El artículo no fomenta las relaciones sexuales entre niños de 12 años. Además la norma se aplica sólo en los casos excepcionales».
Marcela Revollo: ‘No se presentaron estudios’
«No se discutió y ni siquiera se presentó estudios sobre cuándo empieza la vida sexual de los menores, simplemente presentaron los artículos que prevén y sancionan agresiones físicas y psicológicas contra los menores. Sin embargo, lo que hace falta es una ley integral que esté dirigida a proteger mejor a los menores».
Cecilia Terrazas
Inicio de vida sexual no tiene edad
Es un error coincidir en el tema del inicio de la vida sexual de los adolescentes a una edad determinada. En realidad los cambios físicos, hormonales y psicológicos que se dan durante la adolescencia, para el inicio de la vida sexual, dependen de cada persona, de cada cuerpo y de los intereses que tengan.
Normalmente, a partir de los 12 años hay la transformación del cuerpo, que despierta el interés por las relaciones sexuales y el sexo opuesto. Eso normalmente pasa.
Pero no necesariamente significa que un joven esté preparado para iniciar relaciones sexuales. No tiene la información necesaria sobre su sexualidad. Es decir, hay una falta de educación sobre la sexualidad, pero que amplíe el tema biológico.
Sin embargo, en los colegios sólo se llega a explicar sobre el aparato de reproducción, los embarazos, pero no abordan, de manera integral, la sexualidad como tal, de conocer su cuerpo, respetarlo, al igual que el de la otra persona.
Sobre las prevenciones que debieran tener al inicio de las relaciones sexuales, si está psicológicamente preparado para ese acto, además el cuidado que debe tener para evitar embarazos, infecciones.
Cecilia Terrazas
es coordinadora de Católicas por el Derecho a Decidir.






