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Surge un proyecto para normar artículos 16 y 23

Reglas. Define libertad de expresión y de racismo

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Por La Razón
/ noviembre 12, 2010
en Sociedad

Tres organizaciones de medios, además de un grupo de periodistas, presentaron un proyecto de reglamento para los artículos 16 y 23 de la Ley Antirracismo, que, entre otros, enfatiza en cómo diferenciar la libertad de expresión de la libertad de racismo, para sancionar a algún medio cuando corresponda.

El documento presentado a la comisión de reglamentación tiene como proyectistas a la Asociación de Radios Comunitarias (Amarc); Educación Radiofónica de Bolivia (Erbol); Asociación Provincial de Radios Comunitarias (Aprac) y la Plataforma Nacional de Periodistas y Comunicadores (Planpeco).

En la propuesta se leen dos ejemplos de lo que podría entenderse como libertad de expresión o libertad de racismo.

En el primer caso se lee: «El gobierno de Evo Morales es tramposo, arbitrario y juega sucio. El propio Presidente confesó que hizo trampa a la oposición para camuflar su reelección por segunda vez con la nueva Constitución, que establece la reelección por una sola vez».

En tanto que el segundo (libertad de racismo) se ejemplifica así: «Este indio maldito, ignorante, raza maldita, cocalero de mierda, colla de mierda, que odia a los cambas de mierda; me paso por los huevos su poder. Salgamos a las calles a patear collas, la desgracia del país, demos rodillazos a las cholas que despiden un hedor inaguantable».

Ambos ejemplos fueron leídos por Andrés Gómez, director de Erbol. El proyecto propone, además, sanciones graduales y económicas a los medios de comunicación, pero además incluye la suspensión de éstos con la probabilidad de que la licencia sea licitada para evitar su cierre y perjuicios a los trabajadores.

El documento establece que la primera vez que un medio de comunicación social (radio, televisión e internet, periódico u otro medio de difusión) infrinja la norma e incurra en un acto racista, recibirá una llamada pública de atención por el tribunal competente.

La segunda vez será sancionado con una multa definida según el daño provocado. La tercera vez será pasible a una multa equivalente al 20% de su patrimonio total, y la cuarta, al 30%.

La sanción aumenta en la quinta oportunidad y se paga sobre el 40% del patrimonio; además se suspenderá temporalmente la licencia del medio de comunicación por una hora. La sexta vez será del 50% del patrimonio y se suspenderá la licencia por dos horas. La séptima vez la multa llegará al 60% y se suspenderá la licencia por 24 horas.

En una octava ocasión, la sanción pecuniaria alcanzará al 70% del patrimonio y se suspenderá la licencia por 48 horas. En la novena, al 80% y la suspensión de permiso de funcionamiento será por 72 horas continuas.

En todos los casos, los recursos serán destinados a un fondo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Telecomunicaciones (ATT) para fomentar la apertura de centros de internet comunitarios en todo el país.

La pena máxima a un medio se definirá cuando se vulnere la norma por  décima vez. En este caso, el propietario perderá la titularidad de la concesión de la licencia, la cual será dispuesta por el Estado a través de la ATT, que según la ley abrirá un proceso de licitación para un nuevo concesionario a fin de evitar el cierre del medio y el perjuicio a los trabajadores. En el caso de periódicos, en papel o digital, el medio será pasible a una sanción del 90% de su patrimonio.

Sanción para los terceros

-La propuesta afirma que ningún medio será responsable por expresiones racistas emitidas por personas que eventualmente emitan sus declaraciones, pero por ética deberán cortar la comunicación.

-Artículo 23. El trabajador o periodista de un medio será pasible a proceso, sólo si autoriza la difusión de mensajes racistas.

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