La nueva ley educativa Avelino Siñani-Elizardo Pérez establece que el idioma inglés será obligatorio desde los primeros años de escolaridad en los colegios fiscales, privados y de convenio del país. «Se enseñará una tercera lengua, en ese caso se ha considerado que el inglés es una de las lenguas mayormente utilizadas en el relacionamiento internacional», informó a La Razón el viceministro de Educación Superior, Diego Pari.
Según la autoridad, los futuros estudiantes y profesionales «tienen que tener la capacidad de recoger información, investigar documentos y comunicarse en inglés con otros profesionales y estudiantes. Será un idioma de relacionamiento externo, por eso lo hemos considerado».
Esta disposición está incluida en el capítulo III, del proyecto de ley, que hace alusión a la diversidad sociocultural y lingüística. El artículo 7, inciso e, especifica acerca de la enseñanza de lengua extranjera en el país.
«La enseñanza de lengua extranjera se inicia en forma gradual y obligatoria desde los primeros años de escolaridad, con metodología pertinente y personal especializado, continuando en todos los niveles del Sistema Educativo Plurinacional», según el texto del proyecto de Ley.
Pari informó que la propuesta de Ley Educativa ya contempla que la educación en todo el Estado es plurilingüe. Es decir que se hablan diversas lenguas, «desde ese marco no solamente debemos fortalecer las lenguas indígenas originarias que tendrán un rol importante, sino también conocer las lenguas de otros pueblos», explicó.
De esa forma, la autoridad confirmó que al salir del colegio, los estudiantes deben salir hablando y escribiendo el idioma inglés, «también un idioma originario y el castellano». La currícula base que trabaja el Ministerio de Educación ya contempló este aspecto y se aplicará en todas las unidades educativas, sean éstas fiscales, privadas y de convenio.
Aplicación. Franklin Gutiérrez, presidente de La Federación de Padres de Familia de La Paz, aseguró que en el debate no estaban de acuerdo con la imposición del inglés como idioma extranjero obligatorio. «Nosotros pedimos que también se dé francés o el alemán, porque, a veces, hay necesidades para las becas. Debería ser de acuerdo con el requerimiento del alumno y también por la afinidad, por lo que no se debe imponer una lengua», aseveró.
El representante también aseguró que no todos tienen facilidad de aprender inglés. «Debería decidirse por el criterio del alumno».
Para Artemis Baluarte, profesora de idiomas, antes de enseñar otro idioma a un niño «hay que alfabetizarlo, pero en su lengua materna». «No se recomienda hacerlo antes de los nueve años, es confundir al niño porque tiene que terminar de aprender la gramática de su lengua materna, para recién iniciar estudios de un segundo idioma», sostuvo.
Respecto a los profesores que impartirán la materia, el viceministro de Educación Regular, Iván Villa, aseguró que gran parte de los formadores saldrán de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros.
«Estamos analizando la currícula, hay la posibilidad de que cada profesor tiene que prepararse realizando diplomados. También, en la medida que se requiera, se contratará personal especializado en el idioma, para desarrollar la modalidad multilingüe, con la nueva ley», expresó.
Otro lenguaje que también estará presente en la currícula será el de señas «que será un derecho de los que la requieran», dice la norma. El ministro de Educación, Roberto Aguilar, anunció el jueves que el proyecto de ley será entregado a la Asamblea, la siguiente semana.
Acerca de los idiomas en la ley
Originaria
En poblaciones o comunidades monolingües y con predominio de lengua originaria, ésta será la primera lengua y el castellano será la segunda.
Castellano
En poblaciones o comunidades monolingües y con predominio del castellano, ésta será la primera lengua y la originaria figurará como segunda.
Trilingües
En las comunidades o regiones que sean trilingües o plurilingües, la elección de la lengua originaria se sujetará a criterios de territorialidad y transterritorialidad, definidos por los consejos comunitarios de cada región.






