«Esos son argumentos que se están esgrimiendo para tratar de deslegitimizar la sentencia y buscan quitarle sustento y legalidad al fallo», arguyó Cox. Similar postura manifestó respecto al pedido de algunos sectores de procesar a dirigentes del 2003.
Conocida la sentencia del Tribunal en la Corte Superior de Justicia, los generales del servicio pasivo Alvin Anaya, Manuel Gemio y Marcelo Antezana señalaron que sus camaradas solamente cumplían órdenes.
«Ese es el argumento que han esgrimido dentro del proceso, el haber cumplido órdenes superiores y por las cuales ahora están siendo condenados», dijo Cox a La Razón, además de aclarar que por encima de la normativa está todo lo que viene a ser precautelar bienes jurídicos y la vida.
El martes último, el Tribunal de Sentencia determinó 15 años y seis meses de cárcel para los generales Roberto Claros Flores y Juan Véliz Herrera; el general José Osvaldo Quiroga Mendoza y el almirante Luis Alberto Aranda Granados recibieron una pena de 11 años, y el general Gonzalo Alberto Rocabado, 10 años de prisión.
A todos los sentenciaron por el delito de genocidio, bajo la modalidad de «masacre sangrienta», fallo cuestionado por exmilitares.
Postura. «Ahora, ¿cómo se tendrá que ver la subordinación y constancia? (…) puede ser que se diga ‘yo no voy a cumplir la misión porque puede haber un muerto y voy preso’», expresó Anaya, mientras que Gemio manifestó que «el empleo del instrumento militar es responsabilidad del que da la orden».
«Señalar que ahora las Fuerzas Armadas estarían de alguna forma criminalizadas, creo que es un exabrupto, un punto extremo para querer provocar en algunos militares una reacción contraria. Aquí se ha sancionado a militares que estando en servicio activo han dado muerte con muchos hermanos y hermanas, no es que se haya inventado, hay muertos», refirió Cox.
Explicó que los niveles de participación se establecen en el Código Penal, porque en la comisión de un delito no todos tienen una participación directa. «La complicidad en el solo acto de que se siga matando a las personas (es) una valoración inserta en el Código Penal; el Tribunal lo valoró para que no hayan sido sancionados con los 25 y hasta 30 años».






